Dictaron la resolución del art. 502 del CPCC, la verdad es que me parece que tiene un grueso error porque el juez no consideró que de los tres actores uno de ellos no ratificó firma y por eso se declaró la nulidad de todo lo actuado en su nombre, con lo que, entiendo, la parte proporcional que le correspondía en el monto no puede ser reclamada, eso falta en la resolución del art. 502 dictada, no se consideró esa declaración de nulidad que obra en foja anteriore del expediente, ¿será causal suficiente para interponer la excepción de falsedad material de la ejecutoria del art. 506 inciso 2 del cpcc?
Gracias
JV
(el CPCC de mi provincia coincide en esta parte con el de Nación)
Gracias
JV
(el CPCC de mi provincia coincide en esta parte con el de Nación)
¿Será Justicia?
