Buenas, buenas. Agradecería me comentaran algún antecedente con relación al tema. Ampliando la cuestión, pretendo cuestionar la liquidación practicada por el acreedor, que en el caso es un Banco, argumentando la desidia del mismo en procura de su cobro, atento a que existen bienes inmuebles embargados que hace tiempo podría haber subastado, consecuentemente sostengo que por un período de tiempo no corresponde la aplicación de intereses ni compe ni morat.
