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 #567840  por FERNANDOM
 
Estimados Colegas, me llegó un caso de accidente en la vía pública (vereda rota).
Las consultas que tengo son varias....

1º) Debo iniciar instancia administrativa ante el GCBA?

2º) En caso de que deba hacerlo ¿dónde debo presentar el reclamo (dirección u oficina)?

3º) ¿Es necesario agotar la instancia administrativa para iniciar el reclamo judicial?

4º) El juicio por daños se debe iniciar ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad o ante los tribunales nacionales?

Desde ya disculpen la cantidad de preguntas.
Muchas gracias.