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 #566135  por luciana162
 
Buenos como les va?

Quiero presentar un divorcio por articulo 214 inc 2 y evitar audiencias. Alguien tiene jurisprudencia para citar y evitar audiencias, ya que en el juzgado donde me presento siempre citan las dos audiencias, si o si.

Desde ya muchas gracias y espedo alguna ayuda..-
 #566222  por CLEITO
 
Si es en Capital Federal los juzgados de familia no toman las audiencias ya que se trata de una causal objetiva de divorcio, es decir hace mas de 3 años que estan separados de hecho sin voluntad de unirse. Si es por el art. 215 si toman audiencias (al menos una).
 #566274  por luciana162
 
Si, pero en provincia en algunos departamentos judiciales se realizan las dos audiencias y en otros no. Alguien tiene algo de jurisprudencia al respecto para plantear que se realice ninguna aundiencia o en su defecto 1. Muchas gracias.-
 #566278  por sole10
 
luciana162 escribió:Si, pero en provincia en algunos departamentos judiciales se realizan las dos audiencias y en otros no. Alguien tiene algo de jurisprudencia al respecto para plantear que se realice ninguna aundiencia o en su defecto 1. Muchas gracias.-
¿Y cuál es el problema de ir a 2 audiencias?

Recordá que en Pcia.de Buenos Aires,en el Fuero de Familia,no existe el recurso de Alzada;con lo cual,vas a perder mucho tiempo en una discusión estéril.
 #567179  por ceene
 
Hola, Aca en mi ciudad yo en los 214.2 me presento a la primera audiencia y para la segunda me permiten presentar un escrito.