Estimados Colegas:
Les hago una consulta porque tengo una duda con esto. Resulta que estoy confeccionando un contrato de alquiler para vivienda por 24 meses y también me pidieron que confeccione un convenio de desalojo. Por lo que estuve analizando aunque los dos se firmarán simultáneamente, en el convenio debo poner como fecha de firma una fecha posterior a la de la firma del contrato sino lo pueden declarar nulo. Es así no? Aquí mis dudas:
- La fecha de desocupación del inmueble a incluir en el convenio me conviene dejarla en blanco o debo poner una fecha posterior a la de finalización del contrato?
- En caso de que durante la vigencia del contrato deba desalojar al inquilino por alguna razón (falta de pago, cambio de destino de ocupación, etc) Me conviene presentar únicamente el contrato y pedir el desalojo? Aclaro que en el contrato incluyo una cláusula de sometimiento al Tribunal Arbitral del Colegio de Abogados de Mar del Plata porque me dijeron que son más expeditivos. Aunque después debo hacer ejecutar la resolución por los tribunales ordinarios. O presento el contrato y el convenio colocando como fecha de desocupación (donde la había dejado en blanco) una fecha determinada antes de que finalice el contrato?
Me expliqué? Fui claro? Si me pueden aclarar estos puntos desde ya muchas gracias.
Les hago una consulta porque tengo una duda con esto. Resulta que estoy confeccionando un contrato de alquiler para vivienda por 24 meses y también me pidieron que confeccione un convenio de desalojo. Por lo que estuve analizando aunque los dos se firmarán simultáneamente, en el convenio debo poner como fecha de firma una fecha posterior a la de la firma del contrato sino lo pueden declarar nulo. Es así no? Aquí mis dudas:
- La fecha de desocupación del inmueble a incluir en el convenio me conviene dejarla en blanco o debo poner una fecha posterior a la de finalización del contrato?
- En caso de que durante la vigencia del contrato deba desalojar al inquilino por alguna razón (falta de pago, cambio de destino de ocupación, etc) Me conviene presentar únicamente el contrato y pedir el desalojo? Aclaro que en el contrato incluyo una cláusula de sometimiento al Tribunal Arbitral del Colegio de Abogados de Mar del Plata porque me dijeron que son más expeditivos. Aunque después debo hacer ejecutar la resolución por los tribunales ordinarios. O presento el contrato y el convenio colocando como fecha de desocupación (donde la había dejado en blanco) una fecha determinada antes de que finalice el contrato?
Me expliqué? Fui claro? Si me pueden aclarar estos puntos desde ya muchas gracias.
