Queridos colegoas:
tengo el siguiente entuerto: Estoy reemplazando a una colega en un asunto que terminé con mi cliente bastante mal pero por supuesto me comuniqué con ella para aclarar las cosas ya que es una colega . La cuestión es que en dos expedientes (juicio hipotecario y reajuste equitativo - Provincia de Buenos Aires) hay honorarios regulados con anterioridad a un pacto de cuota litis que luego suscribieron por un monto sustancialmente superior a la regulación. El caso es que cuando ofrecí abonarle los honorarios de tal pacto en un sólo pago en su estudio, me dice que está ejecutando los regulados y que luego ejecutará el convenio (del que todavía tribunales no tiene noticias), es decir pretende el cobro de ambos y que no acepta el pago del convenio. Creo entender que habiendo suscripto un pacto posterior a la regulación implica su renuncia ¿O no es así? ¿Cómo actuarían uestedes ya que tengo que hacer el levantamiento de la hipoteca?. Un abrazo a todos.
tengo el siguiente entuerto: Estoy reemplazando a una colega en un asunto que terminé con mi cliente bastante mal pero por supuesto me comuniqué con ella para aclarar las cosas ya que es una colega . La cuestión es que en dos expedientes (juicio hipotecario y reajuste equitativo - Provincia de Buenos Aires) hay honorarios regulados con anterioridad a un pacto de cuota litis que luego suscribieron por un monto sustancialmente superior a la regulación. El caso es que cuando ofrecí abonarle los honorarios de tal pacto en un sólo pago en su estudio, me dice que está ejecutando los regulados y que luego ejecutará el convenio (del que todavía tribunales no tiene noticias), es decir pretende el cobro de ambos y que no acepta el pago del convenio. Creo entender que habiendo suscripto un pacto posterior a la regulación implica su renuncia ¿O no es así? ¿Cómo actuarían uestedes ya que tengo que hacer el levantamiento de la hipoteca?. Un abrazo a todos.
