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  • ¿SICAM: Períodos anteriores a 01/1969?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #561436  por Hernan09
 
Amigos, tengo el siguiente caso de Jubilación: tengo un rechazo de 15 meses, por no resultar el Beneficio del art 38.
Pregunta ¿ Puedo presentar un nuevo plan de pago, considerarndo el período rechazado, desde 10/1967 a 12/1968, como deuda a liquidarse desde el mismo SICAM?
Muchas Gracias.
 #561443  por celiaEsc
 
Hola: siempre tienes que comenzar el sicam si es posible, el mes posterior a que la persona cumpla los 18 años.. si te da para comprar en enero de 1969 lo puedes hacer, pero la edad mínima es 18 años. la fecha tope para comprar autónomos es 1955. tienes que hacer una nueva liquidación. te cambia la situación de revista. saludos
 #561444  por NORMA
 
Autònomos DESDE 1955. *flor*