en el registro de la propiedad inmueble de capital o pcia, según donde este el inmueble. en capital, podes tramitarlo en el colegio de abogados.
debes completar la minuta correspondiente, la podes bajar de internet (en el caso de capital, de la página del registro) o sino retirarla (en cualquier de las dos jurisdicciones) del propio registro.
saludos,
Es en la crisis que nace la inventiva, los descubrimientos y las grandes estrategias. Quien supera la crisis se supera a sí mismo sin quedar 'superado'...