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  • SUCESION COMPLICADA

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 #555182  por SIL_27
 
HOLA: PASO A CONTARLES
Fallecieron los padres y sus hijas hicieron la sucesion, a las cuales se las declararon herederas.
Fallecen ambas, de una ya esta hecha la sucesion por la hija en zarate y ya tiene declaratoria.
De la otra, los hijos me vinieron a ver para hacer la declaratoria, viven en lomas de zamora.
Como debo proceder?
Como son ,son los unicos herederon y la madre fallecio en capital lo podria iniciar incluso en lomas, pero como hago, pido el expte por oficio a Zarate, porque solo tengo una copia simple.
Otra cosa, la propiedad figura inconsistente (creo que se dice asi, o sea no tiene valuacion fiscal) y el sr. quiere saber aprox cuanto le va a salir, como puedo hacer ?
Gracias
 #555235  por abogado_1987
 
Sil, en cuanto ...
SIL_27 escribió:... la madre fallecio en capital lo podria iniciar incluso en lomas ....
Gracias
tené presente que

Art.3284.- La jurisdicción sobre la sucesión corresponde a los jueces del lugar del último
domicilio del difunto
.
Ante los jueces de ese lugar deben entablarse:
1 - Las demandas concernientes a los bienes hereditarios, hasta la partición inclusive,
cuando son interpuestas por algunos de los sucesores universales contra sus coherederos;
2 - Las demandas relativas a las garantías de los lotes entre los copartícipes, y las que
tiendan a la reforma o nulidad de la partición;
3 - Las demandas relativas a la ejecución de las disposiciones del testador, aunque sean a
título particular, como sobre la entrega de los legados;
4 - Las acciones personales de los acreedores del difunto, antes de la división de la herencia.
 #556146  por SIL_27
 
gracias por tu respuesta pero no hay un art. que es de prorroga de jurisdiccion que cuando existe un solo heredero se puede iniciar segun el domicilio de este?
En este caso son 2 hermanos los herederos pero con el mismo domicilio, vivien juntos porque uno es discapacitado.
 #556153  por abogado1987
 
SIL_27 escribió:gracias por tu respuesta pero no hay un art. que es de prorroga de jurisdiccion que cuando existe un solo heredero se puede iniciar segun el domicilio de este?
En este caso son 2 hermanos los herederos pero con el mismo domicilio, vivien juntos porque uno es discapacitado.
Sil, tené presente que ...
" ... Si bien la prórroga de jurisdicción respecto de los juicios sucesorios es procedente cuando -como sucede en la especie- existe conformidad de todos los herederos presentados (arts. 1 y 2 del C.P.C.), dicha prerrogativa ha de ser ejercida dentro de los límites del territorio de la Provincia de Buenos Aires ..."

viewtopic.php?f=2&t=15403&hilit=+prorroga#p75469
 #556195  por SIL_27
 
ok, pero como te digo el fallecimiento se produjo en capital de ultima lo inicio ahi.
Con respecto a las otras preguntas, me podrian asesoran un poco porque estoy trabada.
gracias
 #556566  por abogado1987
 
SIL_27 escribió:ok, pero como te digo el fallecimiento se produjo en capital de ultima lo inicio ahi.
Con respecto a las otras preguntas, me podrian asesoran un poco porque estoy trabada.
gracias
Art.3284.- La jurisdicción sobre la sucesión corresponde a los jueces del lugar del último
domicilio
del difunto....


Imagen
 #556572  por Carop
 
Hola Sil... Respecto al inmueble q no posee valuación.. tenés q entrar en la pág. de ARBA y allí clickeas en trámites catastrales y luego en Solicitud de valuación fiscal.. Es un formulario q completas con los datos del inmueble y lo presentas en arba (creo q tb se puede hacer on line) hay q pagar una tasa pero no recuerdo su monto... y en 20 dias aprox tenes la valuación p la propiedad.-
Respecto a la sucesión yo te diria que la inicies en Capital o si podés hablalo en Lomas para saber si va a caminar lo de la prorroga de jurisdicción... Una vez q tenés declaratoria, denuncias en la último sucesión la existencia de las anteriores.. Mandas a pedir copia certificada de las ddhh anteriores y cuando tenés todo en la última denuncia el bien..
Esperá otras opiniones pero creo q es así... probá la existencia de las sucesiones anteriores a trvés de copias certificadas q el Juez de la última sucesión va a requerir a los anteriores.-