NIKI escribió:Mmmhh! voy a leer los fallos posteados! Justo estoy por presentar una pension directa sin inscripción autonomo...marianodiego escribió:la 15883 es del 17/11/05 y la 15709 del 10/11/05. EL TEMA LO ENCONTRÁS DESARROLLADO EN AUTONOMOS - AFILIACION POST MORTEMNIKI escribió: Realmente me extraña esta persistencia de invocar una supuesta Resolución de la CARSS admitiendo una afiliación post mortem, cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación NO la admite y la misma CARSS se pronunció en el mismo sentod en sus Resoluciones 15709 LORENZO Nieve y 15883 MANCUSO Felipa.Hola, que de años son estas resoluciones que comentas? me gustaria leerlas, saludos
Por favor si existe que se diga el Nº, el caso y la fecha y se publique completa.
Sino voy a ver si lo puedo plantear por la via de la proporcionalidad, aunque por lo que estuve estudiando, no se aplicaría en este caso...
Es un sr. que falleció a los 62 años, tiene un expt de RECO, donde le acreditan 22 años de servicios.
Lo que le faltarían son 10 meses de aportes (+ los 7 años en que aplicaría art.3)...
Realmente es injusto que en casos como este donde la gente realmente tiene tantos años de aportes no lo admitan y por otro lado con el tema regularidad/irregularidad con muy pocos aportes haya gente que se está pensionando... en fin...
Alguien presentó algún caso parecido ultimamente?
Gracias y saludos!!!
