Buenas tardes, yo les cuento hoy envie a las 08:00 de la mañana un sicam
, ahora estoy al borde del suicidio
, me gusta mucho que Graciela dice es para tanto? y esto nos genera insertidumbre lo que aconsejo como siempre es parar la pelota y esperar que aclare asi estamos seguros de lo que tenemos que hacer,no?
Yo creo que se van a venir aclaratorias tras aclaratorias.
Respecto de los derechos adquiridos que trató una forista no me quedó claro lo quiso exponer: los derechos adquiridos son válidos siempre y no dependen de ninguna UDAI. El tema será: la fecha de envío del sicam me dará derecho adquirido o la fecha de pedido de turno?
Entiendo que el envío del sicam, si el expete es iniciado dentro de los 45 días da derecho adquirido a que el expte sea tratado según la normativa vigente al momento del envío del plan, eso es lo primero que hay que pensar y hacer valer. Para "salvar las papas" y no dejarnos presionar con "dar de baja al sicam" y hacer nuevos.
Luego, respecto del resto yo entiendo que para período 55-93 se debe cargar cuenta y respetar categoría puediendo ampliarse en sicam 2. Pero me entra la duda cuando explica la ampliación con la 592.
