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  • NUEVA PROBATORIA DE AUTONOMOS

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #603949  por Graciela Perez
 
Aimael escribió:AY LILITA NOS TERMINAS DE MATAR CON TODO ESTO! Q VAMOS A HACER?
Hola gente, me asustan estos terminos!!!!!!
Leí la 555.....no me parece tan grave.....

Hay que respetar las categorias de PUC, incorporar la cuenta de ANSES en caso de tenerla.
Se pueden aplicar los beneficios que venimos usando(Art.1 Ley 25321, Art3 Ley 24476, Prescripcion Ley 14236)
Se pueden comprar años en SICAM2 como costurera y albañil para llegar a los 30 años de aportes.

Estoy equivocada? me falta algo que no vi? En que nos perjudica tanto esta nueva probatoria de autonomos????
 #603958  por celiaEsc
 
Estoy de acuerdo con vos Graciela: no es tan grave en el período de la moratoria, pero sí lo es para aquellos que no poseen otros aportes, deberán tener aportes fehacientes , demostrables para poder jubilarse y completar la moratoria.
El problema es que en un post, alguien dijo que en una udai le comentaron que nadie se iba a poder jubilar con sdm, supongo que debe ser para quienes realmente no trabajaron de sdm.. Todo tiende a ser más real.
Y, se perjudican también aquellos con antigua inscripción, que nunca pagaron, porque nunca ejercieron... y por lo tanto sus viudas tampoco tendrán el derecho.. saludos
 #603979  por PARANA
 
Grave es para los autónomos reales que, mal asesoraddos (y en mi experiencia veo que son muchísimo... principalmente los comerciantes y miembros de sociedades), aportaron mal toda su vida y hoy deben un fangote de plata... está bien, se puede prescribir y renunciar, pero no se los computan
 #603987  por celiaEsc
 
Claro ¡¡ y PEOR son los que pagan autónomos para que su esposa también pueda jubilarse, y ésta nunca va a probar que hizo nada, sólo que pagó ¡¡¡ que ya es bastante.. saludos
 #604001  por celiaEsc
 
que trabajaste como abogada, presentando la matrícula, o como gestora, presentando el carnet de anses y las facturas que les emitimos a las personas, además el título de abogada.. supongo que no se necesita título para gestora. contratos de alquiler, o si te inscribiste en tu casa, que hubieras puesto el metraje que estaba incluído en tu trabajo, etc. saludos
 #604019  por noelin
 
Q ESTA PUBLICADA Y NO HAY MAS REMEDIO...QUE PASA CON EL CESE FICTO???? TENGO Q HACER LIQ.DE CONTADO, CON ACTIVIDAD REAL HASTA AHORA, ...LO PUEDO APLICAR??? A MI ME DAN DUDASSSSSSS
 #604022  por varelamariac
 
Por lo que me dijeron en anses hay que respetar las categorias, y el alta al número de cuenta que es lo más importante.
No se puede puede comprar monotributo si no se está anotado y por lo que dicen aca creo que tampoco autonomo posterior al 9/93.
 #604036  por noelin
 
noelin escribió:AHORA Q ESTA PUBLICADA Y NO HAY MAS REMEDIO...QUE PASA CON EL CESE FICTO???? TENGO Q HACER LIQ.DE CONTADO, CON ACTIVIDAD REAL HASTA AHORA, ...LO PUEDO APLICAR??? A MI ME DAN DUDASSSSSSS
QUE ME DICEN??????????
 #604061  por celiaEsc
 
Hola Noelín: estás preguntando porque querés aplicar renuncia 25321 ?? si es por eso, ese punto queda en stand by, ya que deberá ajustarse a los manuales de procedimiento que van a salir.. Pero si renuncias el cese te lo da el último pago renunciado..
Me parece que el cese, si tiene actividad hasta hoy, debe ser el de hoy.. Pero en este momento tengo muchas dudas... saludos
 #604091  por Aimael
 
y yo les pregunto, y si la persona jamas se habia inscripto en autonomos¿? q pasa ahi? en la mayoria de los casos siempre viene gente sin aportes de nada y que quiere jubilarse, le haciamos el sicam y listo pero ahora que va a pasar con toda esa gente, porq me parece un poco raro q sean mas rigurosos con quienes tenian la inscripcion y q no se le permita cambiar la categ y demas y por otro lado podamos seguir haciendole el sicam a quien no estuvo jamas inscripto! ya se que me respondieron en otro post sobre esto mismo q digo ahora, pero no me cierran las cosas!
 #604094  por varelamariac
 
y tiene que ser así porque sino tendrían que cambiar toda la pagina del anses.
Cuando entrá te sigue diciendo que podés comprar los años que no tenés por moratoria!!!
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