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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #598956  por andrea37
 
EDUARDO SUAREZ escribió:La 555 se está aplicando sin estar publicada.
Hola Eduardo, por que los decís? te dijeron algo en anses? tengo algunos preparados para presentar antes de que entre en vigencia la 555, ya que rige a partir de la publicación en el boletín oficial de hoy tampoco salió.
 #598962  por EDUARDO SUAREZ
 
Me dijeron que era inminente el cambio, pero fijate la experiencia de Celia o tratá de cambiar alguna categoria en el SICAM y fijate si podés. Yo no tengo ningun SICAM abierto como para probar.
 #598963  por paulasantafe
 
Mañana temprano tengo un turno con SICAM enviado hace 10 dias pero q no me lo tomarian si esta vigente la 555, imaginense lo q he sufrido desde q empezo a circular !!!!
 #599078  por DraLila
 
EDUARDO SUAREZ escribió:La 555 se está aplicando sin estar publicada.
Yo tengo un SICAM enviado hace 15 dias, y tengo turno para mañana. Mientras no se encuentre publicado en el Boletín no tiene vigencia, por ende me lo tienen que tomar, y de ser necesario iniciaré bajo insistencia.

Espero que no salga publicada mañana porque ahi si me muero jeje igual mañana les cuento como me fue, inicio en Udai Liniers
 #599144  por paulasantafe
 
Yo tengo un SICAM enviado hace 15 dias, y tengo turno para mañana. Mientras no se encuentre publicado en el Boletín no tiene vigencia, por ende me lo tienen que tomar, y de ser necesario iniciaré bajo insistencia.

Espero que no salga publicada mañana porque ahi si me muero jeje igual mañana les cuento como me fue, inicio en Udai Liniers[/quote]


La vigencia esta en el Art 4 dice al dia sigiente de su publicacion asi q el tema es q se puedan iniciar
 #599240  por celiaEsc
 
Hola Eduardo: es así, como decis, ya rige, no me permite cambiar categorías originales y la deuda es mucho mayor- No puedo renunciar a períodos desde 1998 a 1999 y hacer una ampliación y comprar desde los 18 años, antes de la inscripción, porque si ANSES verifica, el sr. no tenía inscripción, eso sería posible si no renuncio deuda, Pero teniendo deuda, no puedo ampliar... ¿verdad? (Ya lo se, pero pregunto por si a alguien se le ocurre alguna solución). Gracias. ¡¡
 #599249  por sutriz
 
Hola
Es difícil pensar con tranquilidad en este momento de tanto apriete pero si hablamos de ampliación , hablamos de períodos anteriores a la inscripción ¿ o me equivoco? Entonces?
Esto nos va a requerir que vayamos leyendo la 555 y volcando nuestras interpretaciones así entre todos podamos volver a aclarar las pautas sobre como manejarnos con las categorias , los beneficios y los casos en que se pueda recurrir al sicam sin inscripción si es que se puede( a mi no me queda claro).
saludos
 #599273  por hugo2
 
celiaEsc escribió:Hola Eduardo: es así, como decis, ya rige, no me permite cambiar categorías originales y la deuda es mucho mayor- No puedo renunciar a períodos desde 1998 a 1999 y hacer una ampliación y comprar desde los 18 años, antes de la inscripción, porque si ANSES verifica, el sr. no tenía inscripción, eso sería posible si no renuncio deuda, Pero teniendo deuda, no puedo ampliar... ¿verdad? (Ya lo se, pero pregunto por si a alguien se le ocurre alguna solución). Gracias. ¡¡
Que tal celia, segun entiendo nada te impide renunciar, y nada te impide comprar desde los 18 años.
 #599295  por ariel648
 
fabidoc escribió:
ariel648 escribió:Cristinita es especialista en la dialéctica persuasiva y prepara a los esbirros de ANSES para prepararlos en todo aquello que no implique la intervención de profesionales y/o gestores. Porque según "su saber y entender" no decimos la verdad cuando ANSES comete los errores que ya todos conocemos.
Coincido, el otro día en un discurso, en los cuales nunca falta algo referente a los "enormes avances en materia previsional" (Sic), la Sra. dijo que en el país se ha instalado la industria del juicio (por el tema de los reajustes).
Es decir quiere ver a los abogados bien lejos de los abuelos.....no sea cuestión que luchen por sus derechos.
Eso es lo que quieren que estemos bien lejos de los abuelos, y si no porque aumentaron la cantidad de juicios por reajustes en contra de ANSES en el fuero de Seguridad Social?.
 #599310  por celiaEsc
 
Mil gracias Hugo: el problema es que soy abogada, y un contador , me dijo que NO podía renunciar la deuda posterior al 10/ 93, ni ampliar desde los 18.. y justo ahora tengo tanto trabajo, que tengo que sentarme y leerla bien y tranquila y no tengo cabeza.... En dos personas tengo deuda posterior a 10/93 uno 2 años en cat. E y otro cinco años en B.. Sería muy bueno poder hacerlo porque ninguno tiene mucho dinero para pagar, deberían hacerlo en cuotas.. Voy a releer otra vez, te agradezco mucho tu respuesta me da una esperanza. Saludos ¡¡
 #599531  por paulasantafe
 
Inicie esta mañana, presente lo de siempre, nadie hablo de la nueva probatoria, pero el iniciador esta en BsAs en un curso.

en cuanto a SDM, aun siguen pidiendo los form, y no cuestionan los form con los q se haya pagado los intereses, se fijan q el importe de la deuda sea inferior o igual al pago q aaparece acreditado.
 #603893  por PARANA
 
refloto este muy buen post desde la pág. 8 del foro PORQUE HOY SE PUBLICÓ EN EL B.O. LA 555

así que a validar boletas de nuevo... como en los viejos tiempos
 #603917  por celiaEsc
 
No me digas ¡¡ buén susto me hiciste pegar, estás segura porque yo no lo encuentro en el BO.
ESTÁN LAS decisiones administrativas 574 A 578 de otra dependencia. Por favor si podés aclarar muchas gracias . saludos
 #603921  por celiaEsc
 
Tenés razón es RESOLUCION 555/2010 Apruébase la Probatoria de Servicios Autónomos y Monotributistas.
Muchas gracias avisarnos¡¡¡¡¡¡¡¡¡. Saludos
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