La razón es sencilla: se va a liquidar sobre lo que realmente le figura como aportado.- Cómo era la cosa? firmaba por 200 y cobraba 5000? cómo disimula la complicidad? mala gente si accionó contra su cómplice...
Che que bárbaro!!!, acá son todos pro-empresarios

Qué?!! Laburan en Funes de Rioja?? (chiste, que no se ofenda nadie)
Hablando seriamente, este cliente trabajaba para 2 empresas (2 sociedades distintas pero con la misma integración) El sueldo se lo pagaban en parte proporcionales c/una de estas sociedades pero estaba realmente registrada en una de esas soc (las condenan solidariamente a ambas) Mi cliente desconocía que, a los efectos de los aportes y contribuciones, se declaraban otros importes. Por lo que me comentó, la situación fue muy complicada. Desconozco como habrá sido el tema de los recibos de sueldo (yo no me encargue de la causa laboral). De todas formas, no comparto con empedocles, respecto a la cuestión de la complicidad, que para alegarla hay que hacerlo a título de dolo. No he visto fallo donde un juez laboral le impute al trabajador indebidamente registrado colusión con la empleadora. En la inmensa mayria de los casos de trabajo en negro, los trabajadores conocen tal condición y no por ello son cómplices
AGDA: Gracias por tu replica, es lo que enriquece el debate.
El trabajador que se sienta dañado en la correcta imputacion de sus salarios y por consecuencia de los aportes puede denunciarlo en forma individual, colectiva, nominal o anonima, son las herramientas disponibles para corregir el problema, puede
efectuarla personalmente, por correo, o por mail.
La Empresa sera inspeccionada en forma colectiva, sin identificar por parte de cual trabajador parte la denuncia, los trabajadores seran encuestados en forma individual y al confronte con libros, surgiran las divergencias a regularizar . Yo tambien te agradezco tu aporte y te saludo
Coincido en que el debate es enriquecedor. Al margen, está claro Jarocho que existen diversos mecanismos para efectuar la denuncia. No obstante ello, el deber de contralor estatal nunca puede quedar supeditado a la voluntad del trabajador. No comparto que existan responsabilidades del trabajador en estas cuestiones. Por ej: como imputarle la supuesta complicidad si el trabajador realizó la denuncia en forma anónima?. Vamos, que el poder de policía no necesita ser excitado por ninguna de las partes de la relación laboral