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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

 #24915  por polyher
 
Estoy infinitamente agradecida, ya imprimí todos los formularios, me han ayudado muchisimo

A pesar de todo, continuo con mi gran duda, que es que en la partida de matrimonio de la Sra fallecida, consta que los hijos son 3, y tengo el temor de que pueda caberle algún tipo de responsabilidad al heredero que piensa presentarse como solicitante, o que le reboten el trámite, si alguien tiene esta experiencia y quiere opinar, estoy a la espera, el tramite lo voy a presentar a fin de la semana q viene, quiero que todo salga perfecto, porque la verdad que esta gente se lo merece

Gracias !!!!!!

 #25030  por marianaferoldi
 
No hace falta que lleves el acta de matrimonio, fijate que en la documentación que tenés que presentar no te la pide. Yo no la llevé y no me la pidieron. Suerte

 #25113  por Daniela Vanesa Alcañiz
 
Hola. Mirá yo creo que le corresponde el subsidio de contención familiar, porque los hijos pueden tramitarlo. Ahora, tenés que diferenciar: le corresponden mil pesos por el subsidio en sí, y con respecto a la plata que le quedó adentro, tengo entendido que, sin declaratoria de herederos sólo van a poder retirar hasta mil pesos más, sino necesitan hacer la declaratoria y ahí si van a poder retirar todo. En Rosario el trámite dura aproximadamente 8 meses. Esto lo digo porque yo le tramité a una señora el subsidio( pero ella era jubilada y pensionada y ya cobraba), y le planteé por curiosidad tu situación a la persona que me ingresó el trámite( por las dudas que se me muriera alguna persona que le salió la jubilación pero que todavía no cobró) y me contestó lo que transcribí. Cualquier cosa en que te pueda ayudar contactame mi mail es PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com

 #25116  por Daniela Vanesa Alcañiz
 
El trámite dura tanto tiempo porque primero se fijan si aparece algún otro heredero a pedirlo, sino no pasa nada, así que si nadie reclama no te lo rebotan.

 #25278  por marianaferoldi
 
Exactamente Daniela, estás en lo correcto. Todo lo que te dijeron a vos es lo mismo que me explicaron a mi cuando yo lo presenté. Por eso opiné que hiciera igual el trámite sin incluir a la hermana, porque si no se presenta en los 3 primeros meses se lo van a aprobar

 #25333  por Daniela Vanesa Alcañiz
 
Hola Mariana , yo soy la chica que estaba antes que vos el día que presentaste el trámite de tu abuela, el 19 de Abril al mediodía,y que tan amablemente me miraste un siccam cuando esperábamos! Me dí cuenta ahora que leo tus post , y me acuerdo que yo le pregunté al iniciador tu inquietud sobre los otros herederos antes de que entraras! Bueno, te mando saludos y cualquier cosa que necesités contactame.

 #25449  por marianaferoldi
 
Hola Daniela, ya te contesté el mail donde te envié la planilla. Es un gustazo poder encontrarte acá en el foro. Gracias a que vos ese día pudiste resolver mi inquietud ahora yo puedo compartirlo con otras personas. Gracias. Saludos

 #37656  por Romina Asensio
 
Hice una jubilación con moratoria y mi cliente falleció, cobraba en Octubre. El único familiar que tiene es un primo.
Este primo, puede cobrar el retroactivo? Como?
Quisiera cobrar mis honorarios, pero parece imposible, no?
Gracias.

 #37657  por magistral
 
Tal como lo explicó leon funciona.

 #37842  por Romina Asensio
 
magistral escribió:Tal como lo explicó leon funciona.
Hoy me dijeron en el 0800 que por ser primo le corresponde el subsidio de contención familiar $ 1000. El retroactivo lo pierde.
Este subsidio se pide en el Correo, no en ANSES. El correo lo envía a ANSES. Me dicen que hay que ir dos veces al correo, enviar fotocopia del DNI del fallecido, constancia del beneficio, DNI del solicitante, copia del certificado médico. Y a la semana presentar en el correo, Partida de defunción y factura de la funeraria.
Será así????? no me dijeron que hay que presentar ningún formulario.

 #37882  por marianaferoldi
 
Es así Romina, la 1° vez que vas al correo te dan una orden de pago condicionada. Cuando vas nuevamente ya te dan la definitiva para cobrar en Banco Nación
 #306881  por veraolga
 
mi mama fallecio el 12 de nobiembre de 2008
somos 4 hermanas 1 fallecida.
nos dieron el papel de haberes devengados , que es lo q vamos a cobrar, ye que mi hermana menor tiene en su poder todos los papeles no entiendo mucho ya que soy una persona mayor de 74 años

espero respuestas
muchas gracias
 #507412  por PATOLINDA
 
HOLA COLEGAS, ESTOY EN UN BRETE, UNA SEÑORA INICIO LA PENSION Y CUANDO LA NOTIFICAN QUE SE DABA LA PENSION Y QUE TENIA CASI 1000 PESOS PARA COBRAR, FALLECE, LAS HIJAS INICIAN LA SUCESION PARA PODER RECLAMAR HABERES DEVENGADOS, PERO POR COMO ESTA LA JUSTICIA PASARON YA 7 MESES DESDE QUE SE INICIO Y NO ESTA LA DECLARATORIA, YO COMO VEIA QUE YA SE CUMPLIA LOS DOS AÑOS DE FALLECIMIENTO PEDI QUE SE LIBRARA OFICIO AL ANSES PARA QUE SE DEPOSITARA ESA PATLA, Y UN DIA DESPUES DE CUMPLIR LOS DOS AÑOS DE FALLECIMIENTO EL ANSES, ME CONTESTA QUE PERTENECIA AL REGIMEN DE POLICIA DE TUCUMAN, QUE ELLOS NO PODIAN DISPONER DE LA PLATA. MI PREGUNTA ES ¿COMO YA PASARON LOS DOS AÑOS YO PODRIA PEDIR AL DEPARTAMENTO PREVISIONAL DE LA P0LICIA QUE SE DEPÒSITE ESA PLATA. O SEA RECLAMAR LOS HABERES? ¿ EL HECHO DE HABER INICIADO LA SUCESION INTERRUMPE LOS PLAZOS DE PRESCIPCION? POR FAVOR SI ALGUIEN PUEDE CONTESTARME POR QUE SINO ESTA POBRE GENTE PIERDE ESA PLATA Y TENGO QUE QACTUAR LO MAS RAPIDO POSIBLE.MUCHAS GRACIAS
 #650053  por GRACE 68
 
HOLA FORISTAS!!LES PREGUNTO SI LOS HABERES DEVENGADOS PERO NO PERCIBIDOS SE PUEDEN COBRAR ; PORQUE EL SUBSIDIO POR DESEMPLEO NO?
EN EL CASO QUE ME CONSULTAN TIENE DOS MESES DE SEGURO QUE NO COBRO Y LUEGO FALLECIO, EN ANSES ME DICEN QUE NO TIENE DERECHO A COBRARLOS QUE LOS PIERDE. PERO PORQUE LOS HABERES SI LOS PUEDE CIOBRAR LA VIUDA Y LOS SEGUROS DESEMPLEO SE PIERDEN?

GRACIAS!!! *leo*