Porque está hablando de una persona que tiene 66 años y es extranjera, como no puede llegar a los 30 años, compra 5 años hacia atrás y paga 5 hacia adelante.
Saludos
Andrea
Saludos
Andrea
PaolaPrevi escribió:Viracocha escribió:Me engancho a la duda de Graciela respecto a que ponemos en "Prestación solicitada" y en "Ley Aplicable"En "Prestacion Solicitada": depemde lo que vayan a hacer
Y agrego: Se hace SICAM I y SICAM II ?
MUCHAS GRACIAS !
1 - Si solo van a pagar la moratoria "Otros Libre deuda"
2 - Si van a Reconocerlo " Reconocimiento de Servicios"
En "Ley aplicable" 24476 (Si no no pueden ingresar a la moratoria)
Y lo de sicam I y II esta sujeto a la vigencia de la circular en la que vale poner cualquier categoria y periodo, y si la presentación va a ser a largo plazo, por ahí seria conveniente liquidarlo como corresponde.
Besos
GABRILITAIURIS escribió:Hola Eduardo, te cuento ,es una sra extranjera, con moratoria mas exceso cubro 18 años ,lo demas al contado,pero es imposible de pagar para ella.Hicimos convenio con la empleadora,se llego a un arreglo y finalmente la jubilo a los 71 años,con la edad avanzada.En el interin trabajara medio tiempo y la empleadora le paga la moratoria x 5 años,y 5 años de sdm de aqui a 2013.Creo que esta bien asi no?Es mucho tiempo...pueden pasar tantas cosas en esos años...no podes buscar otra solución que le permita jubilarse ahora?