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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #564420  por empedocles
 
Bien decís que se aplica la ley 18038 pero esa ley NO MENCIONABA la regularidad.-
 #564676  por blanquiceleste
 
Gracias Empedocles por responder!! es verdad la 18038 no dice nada respecto a la regularidad, entonces, si aplico esta ley, cuales serian los requisitos a cumplir, como dije tiene 19 años y 4 meses de aporte en relacion de dependencia e inscripcion en autonomo, haria falta en este caso comprar un año anterior al fallecimiento? un mes? en la semana voy a la Udai a consultarlo porque estoy muy insegura hace poco que hago previsional (se nota no jaja), desde ya gracias a todos por la ayuda, lo que me digan en la Udai lo comento por si le sirve de ayuda a alguien mas!!!
 #564685  por noelin
 
SI ESTA INSCRIPTO COMO AUTONOMO SOLO DEBE PAGAR EL MES DEL FALLECIMIENTO. SE APLICA PRESCRIPCION A TODO LO DEMAS. AL RESPECTO LEE LA RES. DE LA CARSS CASO ADELA ARAKAKI Q SE PUBLICA EN LA BIBLIO DEL PORTAL Y POR LAS DUDAS HAY UNA PREVI SOBRE EL TEMA Y LA PROPIA LEY 18038
 #565362  por blanquiceleste
 
Muchas Gracias por la ayuda!!!! entonces aunque el iniciador me diga que no corresponde lo inicio bajo insistencia?! con apoyo en la Res. de la carss. Espero salga todo bien!!!
 #592664  por AndreaL
 
[quote="alejandra01"]Como decís. Se paga el mes de fallecimiento.
Fijate si no llegás a tener un año pago antes de fallecer, cualquier período sin deuda.
El resto lo prescribís, y por ahí te lo aprueban de una.


Te lo toman bajo insistencia. Seguro vas a la carss...

Ale hola! Quisiera consultarte lo que hice y me digas si esta correcto, ya q no me queda claro el punto en el q decis si el causante tiene un año pago antes de fallecer... Te cuento el caso: nacimiento 21/09/45 y deceso 12/10/90. Inscripto desde 12/80 con pagos hasta el 86, en total 18 meses o sea tiene mas de un año aportado antes del fallecimiento.
Yo arme la sit. Revista desde el 12/80 al 10/90 prescribi todo desde el inicio hasta el 09/90 y me quede con el mes de fallecimiento. Respete el código de actividad q surge del padrón de autónomos: actividad 283 (no puedo poner otra no?) Me da una deuda de $1159... Estoy mas o menos encaminada? Esos 18 meses q tiene pagos los prescribo?
Gracias a todos por la ayuda! ALEJANDRA GRACIAS!
 #592794  por turca1952
 
hola, en tu caso le corresponde la 24241 que entro en vigencia el 01/07/1994
 #616289  por blanquiceleste
 
La pensión ingreso bajo insistencia, con el pago del mes anterior al falecimiento solamente, en la Udai me pedian el año anterior al fallecimiento pago, todavia no tengo noticias de la Resolución, solo esta en estado 14 (inicio), cuando tenga novedadaes las comento... :wink: