Hola a todos, alguien sabe si el exceso de edad, se cuenta desde el momento de la presentación del tramite o desde el momento de la realización de la liquidación??????????????? Si es asi, esta en algún artículo de la ley??????
Muchas Gracias
Meli
Muchas Gracias
Meli

"He tomado sobre mis espaldas el monopolio de mejorar sòlo a una PERSONA,y esa persona SOY YO MISMO,y se cuan difìcil es conseguirlo"MAHATMA GANDHI