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  • COMODATO Y FRAUDE LABORAL

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #992446  por MJG
 
Hola, me vino a ver un cliente y me trajo un contrato de comodato que firmo con el presidente de una asociación que funciona como una sociedad de fomento barrial, le otorga en comodato un inmueble y dice en el mismo no pagara alquiler y demás impuestos, pero tendrá a su cargo la limpieza del salón, baños, entrada, vestuarios, cancha etc, ademas del cuidado del predio. Es decir no cobra un centavo, para mi es una relación laboral encubierta, trabaja mucho mas de lo que pueda valer ese alquiler, tenia pensado mandar telegrama como trabajo no registrado, al presidente de esta asociación y ver que pasa. Que opinan esta bien? En que convenio quedaría encuadrado alguien sabe?
Muchas Gracias !!!!
 #992478  por agentil
 
MJG escribió:Hola, me vino a ver un cliente y me trajo un contrato de comodato que firmo con el presidente de una asociación que funciona como una sociedad de fomento barrial, le otorga en comodato un inmueble y dice en el mismo no pagara alquiler y demás impuestos, pero tendrá a su cargo la limpieza del salón, baños, entrada, vestuarios, cancha etc, ademas del cuidado del predio. Es decir no cobra un centavo, para mi es una relación laboral encubierta, trabaja mucho mas de lo que pueda valer ese alquiler, tenia pensado mandar telegrama como trabajo no registrado, al presidente de esta asociación y ver que pasa. Que opinan esta bien? En que convenio quedaría encuadrado alguien sabe?
Muchas Gracias !!!!
Pero tu cliente explota el inmueble de alguna forma??? Para que usa el inmueble?

saludos!!
 #992516  por MJG
 
Gracias por responder, Vive en el inmueble, es como un sereno y a la vez hace todo el mantenimiento y limpieza.
 #992556  por andresxeneizes
 
y tirate a hacer el intercambio epistolar y ver que sale, si tenes testigos que digan que trabajaba ahi el contrato ese no sirve de nada por el ppio de primacia de la realidad.

el intercambio y la demanda yo creo que va solo contra la asociacion, no se si hay ley que habilite la responsabilidad del presidente
 #993398  por adessoma
 
Y dónde está el fraude? Si el abogado del dueño del inmueble es especialista en derecho laboral, dirá que su cliente está alcanzado por el art. 4° ley 25.855, que tiene carácter gratuito.
Saludos.