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 #98662  por COLUMBO
 
Asì como el no pago de alquiler habilita la vìa ejecutiva , que pasa cuando el Locador se hace el listo y pone excusas, inventando gastos inexistentes para no devolverle el Deposito en Garantìa al Locatario....?
Existe en Capital algùn proceso especial para ese reclamo....?.
Entiendo que hay que ir por la vìa de la Mediaciòn obligatoria y luego.....en este caso son $1.500, el Locador debe especular que por ese monto no se iniciarà juicio alguno...
Yo le habìa recomendado al Locatario que no entregara las llaves hasta que no le devolvieran el depòsito, pero lo apurò y se las entregò sin la devoluciòn total, ahora necesita el dinero para otra locaciòn y ....
Saludos
COLUMBO

 #98678  por mauricio198308
 
Por lo que entiendo el caso es simplemente un incumplimiento contractual. No se si en capital hay algun proceso especial para eso, en nacion tenes que ir si o si por via ordinaria.

Slds!

 #98690  por Sailaw
 
Generalmente el deposito de garantía se devuelve pasado los dos meses de terminada la locación, para eventualmente cubrir gastos de los servicios cuya factura venga que vengan con posterioridad a la entrega de la llave.

Para la devoluciòn se requiere intimaciòn previa (puesta en mora), luego el cobro de pesos (mediación previa si es Capital)

 #98726  por COLUMBO
 
Sailaw escribió:Generalmente el deposito de garantía se devuelve pasado los dos meses de terminada la locación, para eventualmente cubrir gastos de los servicios cuya factura venga que vengan con posterioridad a la entrega de la llave.

Para la devoluciòn se requiere intimaciòn previa (puesta en mora), luego el cobro de pesos (mediación previa si es Capital)

Entonces Ud. ratifica, intimaciòn, mediaciòn y si no, juicio ordinario, por incumplimiento contractual.......

 #98730  por Sailaw
 
Si, es el único camino que veo.

 #98745  por COLUMBO
 
ahora veàlo de esta manera, teniendo en cuenta que meterse en un juicio por $1500 es bastante complicado.
Siguiendo mi tesis, ya se que el depòsito no se devuelve con las llaves, pero previniendo el hecho de que los locadores siempre tienen la sartèn por el mango, yo mando una carta documento a tèrmino de la finalizaciòn del contrato y le pido indique lugar , fecha y hora, para devolver el depòsito y entregar las llaves (si èl lo pide verificar la unidad locada).
Luego como solo le queda por reclamar los servicios, siempre se debe solo 1 mes como màximo, trato de convencerlo de que se clacule un proporcional y un plus y despuès se arrgla la diferencia, nadie va a dejar de pagar unos pesos de luz atento a que se los pueden reclamar al garante.
Si me dice que no, no se le entregan las llaves....entonces, lo pongo al Locador en el dilema de iniciar acciones judiciales por $1500 y no contar con su propiedad.
Me saliò bien muchas veces.....En este caso, ahora el dilema lo tiene el Locatario que seguramente se quedarà sin los $1500
Se entiende...?

 #98747  por Sailaw
 
Partiamos de la base del hecho consumado, que se habia entregado la llave y estaba pendiente la devolución, por supuesto que si llega ese caso antes de dicha entrega la cosa serìa distinta.

 #98750  por COLUMBO
 
Si estimado el caso que planteè ya esta consumado, las llaves entregadas y el depòsito retenido sin ànimo de devoluciòn.
Le explicaba lo que hago en otros casos, ante su comentario de que el depòsito es legal se retenga por 60 dìas....
Gracias por sus aportes.

 #98829  por COLUMBO
 
A propòsito, un reclamo de $1500 habilitan la vìa judicial, cual es el mìnimo actual...?

Saludos

COLUMBO