Hola, tengo un caso de un empleado que ya fue apercibido dos veces por cd en los seis meses de trabajo. Ante una nueva falta el empleador lo quiere despedir. la primer duda es que si con esos antecedentes el despido es justo con causa y no precipitado y la segunda es la válidez de las notificaciones de las sanciones ya que las cd volvieron rechazadas por no haber nadie en el domicilio. Gracias.
las sanciones tienen que ser progresivas, si hubo solo apercibimiento, lo logico es que la que viene sea suspension, minimo 2 veces que fueron las mismas que apercibio,
ahora bien otro requisito para el despido es la contemporaneidad de las faltas, si el tipo falta una vez cada 3 meses para mi no da como para rajarlo, pero bueno eso es una decision empresarial, si estan dispuestos a asumir el riesgo.
las cd si estan mandadas al domicilio correcto estan notificadas por mas que no las haya recibido
