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  • Ejecutivo como lo termino?

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 #966425  por dariord
 
Hola a todos: En un ejecutivo voy por el ejecutado, le embargaron el sueldo y hay un monto suficiente para cubrir capital + intereses, ya fue aprobada la liquidación y en abril se libro giro por intereses del cual creo que retiraron el giro.
Ahora bien, el expediente no tiene movimientos desde abril, mi cliente quiere terminar con este juicio cuanto antes.
Que debo hacer para acelerar los pagos y que regulen honorarios para que se termine de una buena vez? Es un estudio que se dedica a ejecutivos,lo que les interesa no es cobrar sino dejar correr intereses, mi cliente quiere pagarles y que se termine todo, como sigo? Gracias
 #966436  por Squonk
 
Si como decís ya abonó la totalidad de la deuda reclamada, no se están generando intereses.
 #966444  por andresxeneizes
 
si esta la plata depositada y no piden el giro, como dice el colega no se generan intereses.

si los honorarios no se regularon todavia tampoco corren intereses de los mismos ya que no hay suma liquida, en todo caso sino los pidieron con el proceso inflacionario que hay yo creo que no te conviene acelerar la cuestion
 #966446  por dariord
 
Buenos Aires, 23 de abril de 2013. VG.-

Toda vez que el beneficiario posee título para la libranza (fs.129) y a la fecha existen fondos suficientes depositados en la cuenta a la vista (fs.130), y habiéndose acreditada las facultades para cobrar y percibir ( fs.4.), corresponde el libramiento de giro, dejándose constancia que respecto del monto del mismo, informa la Actuaria: que no existen embargos, tercerías de mejor derecho, indisponibilidades ni oposiciones vigentes. Asimismo, informa sobre la no configuración del supuesto del art.55 del arancel respecto de profesionales cuya citación no se ordena infra.-

Por ello, previo consentimiento del presente proveído (ley 9667:3; R.J.N.:56), líbrese cheque a favor del Dr FERNANDO HORACIO por la suma de $ 28.990 imputados: $16.383,03 a saldo de capital, $11675,68 a intereses s/ capital, $627,47 a tasa de justicia y $303,96 a intereses s/ tasa de justicia.-

Este es el ultimo proveído,aquí se aclara que el giro es por capital + intereses, o sea que lo que faltaría es la regulación, por lo que me decís ni me conviene poner escrito.Gracias.
 #966447  por andresxeneizes
 
yo creo que no, ya que la base para la regulacion es el monto de demanda, y por ende le van a regular lo mismo pidan hoy la regulacion o si la piden el año que viene, la diferencia es que la plata que regulen hoy vale tanto y despues de las elecciones anda a saber que pasa
 #966619  por Squonk
 
andresxeneizes escribió:yo creo que no, ya que la base para la regulación es el monto de demanda
Creo que la base para la regulación va a ser el monto de la liquidación aprobada y no el monto de la demanda
 #966630  por andresxeneizes
 
Squonk escribió:
andresxeneizes escribió:yo creo que no, ya que la base para la regulación es el monto de demanda
Creo que la base para la regulación va a ser el monto de la liquidación aprobada y no el monto de la demanda
tiene razon el colega me confundi en el termino la base va a ser la liquidacion, que en el caso ya esta aprobada y no se va a incrementar con el paso del tiempo en que el abogado de la otra parte tarde en pedir la regulacion
 #966668  por dariord
 
Muchísimas gracias a todos, razonando lo lógico es que regulen sobre los montos que surgen de la sentencia.
Pero como este estudio se dedica a dormir los casos para cobrar intereses, que es su negocio, no los prestamos fáciles que dan(ya deben saber que empresa es). En otros casos hubiera hablado con la contraria, pero con ellos no se puede hablar.Saludos y gracias a todos, cualquier novedad les aviso. Dario.