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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #95085  por anya
 
Buenos Aires, 09 de Enero de 2008

CIRCULAR GP Nº 03/08

RETIRO POR INVALIDEZ Y PENSIONES DIRECTAS
SERVICIOS AUTÓNOMOS - ACREDITACIÓN DE LA CONDICIÓN DE APORTANTE CON EXISTENCIA DE DEUDA POR INTERESES

La Gerencia Previsional recuerda a todas las UDAI que en las solicitudes de retiro por invalidez y pensión por fallecimiento de afiliado en actividad, los meses en los cuales el afiliado o el causante efectuó el aporte por la actividad autónoma o como monotributista dentro del mes calendario a su vencimiento (aunque la fecha de pago fuera posterior al vencimiento pero dentro del mes respectivo a éste) resultarán computables a todos los efectos previsionales, como así también para la acreditación de la condición de aportante, aunque exista deuda por intereses que surja del SICAM de tales pagos, todo ello por aplicación del artículo 1º del Decreto Nº 460/99.
Si el titular optare por el Decreto 526/95, no resultará exigible el pago de dichos intereses para dar curso a la solicitud y trámite pertinente.

 #95093  por MARIMO
 
¡ Muchas Gracias¡

:D :D :D :D :D :D :D

Maria

 #95351  por FREDY44
 
Gracias Anya,

Justo queria preguntar sobre el tema me vino a ver una mujer con 30 y pico, que trabajaba en una empresa y le inicio un juicio laboral en donde se determino el perito una incapacidad del 100% para realizar tareas de medica y 40% para todo el resto de actividades, todavia no tiene sentencia firme, por que no termino el periodo de pruebas y me consulto si se podia jubilar por invalidez??

Al ser medica la jubilacion es mas alta?, que requisitos tiene que tener para que se la pueda tramitar??

Desde ya muchas gracias como SIempRE.

Besos

y Salu2 a todos

FEDERICO.
 #95376  por estudiocm
 
Gracias Anya!!!!!!!!!!!.
Paula

 #95553  por RAUL
 
Muchas gracias Anya.


Raul.-

 #95978  por Toñita
 
Gracia Anya!!!!
 #96241  por pmaiarota
 
gracias.
te ganaste un chocolate. jaja.
sls.
pablo
 #96382  por Gaba
 
anya escribió:Buenos Aires, 09 de Enero de 2008
GRACIAS TOTALES¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
CIRCULAR GP Nº 03/08

RETIRO POR INVALIDEZ Y PENSIONES DIRECTAS
SERVICIOS AUTÓNOMOS - ACREDITACIÓN DE LA CONDICIÓN DE APORTANTE CON EXISTENCIA DE DEUDA POR INTERESES

La Gerencia Previsional recuerda a todas las UDAI que en las solicitudes de retiro por invalidez y pensión por fallecimiento de afiliado en actividad, los meses en los cuales el afiliado o el causante efectuó el aporte por la actividad autónoma o como monotributista dentro del mes calendario a su vencimiento (aunque la fecha de pago fuera posterior al vencimiento pero dentro del mes respectivo a éste) resultarán computables a todos los efectos previsionales, como así también para la acreditación de la condición de aportante, aunque exista deuda por intereses que surja del SICAM de tales pagos, todo ello por aplicación del artículo 1º del Decreto Nº 460/99.
Si el titular optare por el Decreto 526/95, no resultará exigible el pago de dichos intereses para dar curso a la solicitud y trámite pertinente.

 #96403  por anya
 
Me van a hacer poner :oops: con tantos "gracias"!
gracias.
te ganaste un chocolate. jaja.
sls.
pablo
Otro mas???? todavia me debes uno de almendras!! este que sea con dulce de leche!! :lol:

 #96415  por Ishtar
 
gracias.
te ganaste un chocolate. jaja.
sls.
pablo
Otro mas???? todavia me debes uno de almendras!! este que sea con dulce de leche!! :lol:
[/quote]

Hace calor, mejor dale de premio un helado de chocolate ... :lol: :lol: :lol:
A anya le encantan :lol:

 #96419  por anya
 
Siiiii, eso tambien!!! pero el chocolatito de almendras me lo gane de buena fe...y de Cabrales! :lol: :lol:
pero si tambien viene un heladito de yapa....no me voy a ofender!!! :lol: