Buen día: Ante todo agradezco su atención, la consulta que hago es respecto a si hay una norma jurídica que determine el salario o remuneración que le correspondería a un delegado sindical que ha estado al frente de una delegación regional por más de dos años, aclaro que no es delegado en la empresa, sino un funcionario del sindicato al cual nunca se le retribuyó por sus labores. En caso de no existir dicha norma ¿como calculan sus remuneraciones los gremialistas? Un saludo.-
No me queda del todo claro tu planteo. Si es "funcionario" del gremio, cobra por el gremio.
Salutes!
