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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #928411  por dr.cwebb
 
Hola gente como están?Un Enero movidito......
Les cuento el caso que me consulto un cliente

Es una persona que trabaja en relación de dependencia y que cuando estaba yendo a su trabajo en moto choco contra un colectivo. En virtud del impacto perdió el conocimiento no acordándose nada de lo sucedido. Acto seguido, se inicia una causa de oficio la que todavía no pude tomar vista a fin de saber como fue la mecánica de los hechos a fin de ver si es viable el reclamo contra la compañia de seguros del colectivo.

Por su parte la persona es trasladada a una clinica que pertenece a la ART la que posteriormente lo opera de Cadera y de Femur colocandole 2 clavos. A los pocos días le dan el ato pese a los persistentes dolores que tenía mi cliente. De la clinica le dicen que esos dolores son normales por el tipo de operación que que le hicieron bla bla bla. Mi cliente ya cansado de tanto dolor va a la clinica (por ART) y resulta que luego de volver hacerle estudios le dicen que lo tienen que operar de vuelta(todavía esto no paso) porque se le corrieron los clavos que le colocaron.

Asimismo cabe destacar que mi cliente no tienen ninguna documentación relativa al accidente como ser placas de RX, certificado médicos, epicrisis(historia clinica), etc. En razón de ello les consulto si es obligación de la ART y/o clínica no entregarlos, es decir si pueden retenerlos sin ninguna consecuencia.

En síntesis
Se puede enviar una carta documento ¿a quien? ¿con que tenor, alguna referencia de como armarla? a fin de que lo entreguen toda la documentación (o por lo menos copia) dado que sería bueno hacer una interconsulta con otro profesional para saber que pasa y ver si existió una mala praxis de los profesionales de la Clínica, más allá del reclamo por la ley de riesgos que encima ahora la reforma es mucho más complicado.

Finalmente es la primera vez que me toca un caso donde el cliente ya de movida me llama estando internado....y la verdad que eso me descoloco un poco dado que siempre laburo estando ya el alta con o sin discapacidad.

Espero sus comentarios

Un abrazo y muchas gracias a todos

Saludos Dr. cwebb
 #928424  por karayna
 
Holis, la documentacion medica q esta en poder de las art corresponden al paciente...en consecuencia tenes q intimar mediante CD o a traves de un oficio firmado por vos para q t den copia certificada.....saluditos
 #928563  por DiegoAle
 
El deber de información por parte de la ART se haya reconocido en el art. 7 del decreto 717/96 y para los reclamos a las ARTs no es necesario Carta Documento sino que se puede utilizar el telegrama laboral gratuito conforme lo aclaró la Resolución 1356/07 del Ministerio de Trabajo.
La titularidad de la historia clínica y el plazo de 48 horas para que se la entreguen está en el art. 14 de la ley 26.529, sería más directo por nota a la clínica firmada por el trabajador invocando y hasta transcribiendo dicho artículo, y también autorizandote a vos a su diligenciamiento y retiro.
 #928610  por agentil
 
Coincido con Diegoale! Ahora en la realidad no sé si te dan porque saben para que la queres.

Pero no nos adelantemos, manda un tcl a la clinica y a la art intimando a entregar copia certificada y transcribile el art y ves que pasa.

Igual todo lo que ponga la art puede estar fraguado o a conveniencia de ellos.

saludos!!
 #928628  por ods
 
No habrá nada en el expediente penal?