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  • Accidente de trabajo.Empleado quiere conservar el empleo.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #927444  por carloslif
 
Un empleado se accidentó en el trabajo, lastimandose una pierna. La ART lo esta atendiendo.Un medico legista particular le dio el 41% de incapacidad. El empleado quiere conservar el empleo por lo que no quiere demandar a la empresa. Puede prosperar un reclamo ante el seclo contra la ART solamente por el derecho comun planteando la inconstitucionalidad de la LRT?En caso que no, cuanto es el monto maximo que le corresponde por indemnización?
 #927611  por Natalia2012
 
Si, solo podes demandar a la ART, sacas seclo y en la primera audiencia, fijate y habla con el otro abogado para ver si te da una revisacion medica (medicos de la art) , y asi determinan la incapacidad y en base a eso probablemente hagan un ofrecimiento....de ser asi y estar todos de acuerdo no es necesario que vayan a juicio.
 #927619  por agentil
 
carloslif escribió:Un empleado se accidentó en el trabajo, lastimandose una pierna. La ART lo esta atendiendo.Un medico legista particular le dio el 41% de incapacidad. El empleado quiere conservar el empleo por lo que no quiere demandar a la empresa. Puede prosperar un reclamo ante el seclo contra la ART solamente por el derecho comun planteando la inconstitucionalidad de la LRT?En caso que no, cuanto es el monto maximo que le corresponde por indemnización?
No, no se puede. Si vas por el derecho común solo contra la ART ésta va a citar el empleador y ahí echaron a tu cliente. Solo podés ir por la LRT contra la ART por las prestaciones dinerarias.

El monto lo sacas por la formula según la edad, sueldo y % de incapacidad.

Otra cosa, dificil podés tener una incapacidad permanente si todavía le están dando prestaciones en especie, ojo con eso que la incapacidad a veces varia mucho.

saludos!!
 #927798  por ods
 
Ademas si se trata de un accidente reciente entiendo que si vas a accionar por el derecho comun te van a mandar al fuero civil.
 #927915  por DiegoAle
 
carloslif escribió:cual es la formula para calcular la indemnizacion por accidente ley especial?
edad: 45 años, sueldo $4000 incapacidad 40%
saludos
En www.laboralistasplatenses.org podes hacer las diferentes fórmulas.
Dejando de lado que despedir a un trabajador que inicia juicio es discriminatorio (lo que a un trabajador que teme ser despedido en los hechos no cambia su desición de no demandar a su empleador), a la ART dentro del sistema especial de la LRT tendrías que plantear la inconstitucional de los distintos componentes de la fórmula de la LRT (ingreso base que toma -promedio, sólo remuneratorio-, el tope de 65 años, el coeficiente), si incluye o no el 20% de la 26773, asimismo que según la CSJN no hay relación aritmetica entre el daño material y el inmaterial ya que no es accesorio a este, también la doctrina del fallo Lucca de Hoz que es sólo contra la ART, los rubros no indemnizados, etc.
Ahora la ART cumple las prestaciones en especie y por incapacidad laboral temporaria correctamente o también tenés que reclamar por eso?