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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #924849  por silcris60
 
Colegas, llegó a mi estudio un cliente con dos cartas laborales. (El es el empleador). En una lo intiman por registración etc. En la otra se da por despedido. La Primera tiene fecha del 27 de noviembre, (no la fue a buscar hasta hace poco), la segunda tiene fecha del 10 de diciembre. Nos conviene contestar? o ya no tiene caso, digo, porque ya se dio por despedido. Me ayudan con opiniones?? gracias....
 #924850  por sanjuanino
 
habría que ver bien la intimación de la primera carta documento, pero si esta bien hecho el TCL tu contestación (que vaya a saber cual será) a esta altura y en principio, no tiene mucha utilidad.
 #924853  por silcris60
 
Gracias Sanjuanino!
Esta es la primera intimación: Ante negat de trab de su parte intimo plazo 48 hs aclare situación laboral asimismo intimo plazo 30 días registre relación laboral bajo parámetros de ley entregue recibos de haberes indicando obra social y art respectiva. Ello bajo apercibimiento de no hacerlo considerarme despedida por su excl culpa. Recuerdole que ingrese a desempeñar tareas bajo sus ordenes en los locales de su propiedad (xxx) desde el .... desempeñándome en forma ininterrumpida de lunes a sab con jorn de lun a vier de 16 a 21 hs y sab de 9 a 21 hs abonándome remuneración de $ 1875 mensuales en tareas de cajera y vendedora todo ello en la modalidad denominada en negro en los locales de calle xxxx. conforme se me ordenara. asimismo intimo abone remuneración mes de octubre y aguinaldos adeudados 2011/2012 todo ello bajo apercib de considerarme desped ante negativa o rechazo por su exclusiva culpa. la misma misiva se envía a la afip. queda usted debidamente notificada.
 #924862  por eltam88
 
Para ganarte unos mangos rechazá todo, no hay nada que hacer.
 #924864  por silcris60
 
Okey! gracias a los dos!!! estaba dudando pero confirman lo que yo creía!!!no tenía caso!que se venga lo que sigue! ja!!!! Gracias!!!
 #924905  por andresxeneizes
 
yo contestaria negando que exista justa causa para el despido y negando la existencia del telegrama anterior ya que nunca te llego, y discutis despues en el juicio la existencia o no de ese telegrama.
es cierto que con la prueba informativa al correo te embocan, pero bueno por lo menos no se lo dejas servido en bandeja y lo peleas, igual aca la cagada se la mando el cliente por no ir a buscar el telegrama, ya que si los otros hacen las cosas mas o menos bien la consecuencia por no consultarte a tiempo y no ir a buscar el telegrama es que los emboquen
 #924941  por silcris60
 
Gracias andresxeneizes!! coincido, trajeron la consulta tardíamente, aún así estoy confeccionando responde con todas las negativas y luego solo queda negociar la pretensión...
Saludos!!