Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • EXCEPCION POR FALTA DE ACCION...???

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #922188  por danielsur
 
HOLA A TODOS LOS COLEGAS, NECESITO INFORMACIÓN REFERENTE A LA EXCEPCIÓN POR FALTA DE ACCIÓN, DADO QUE EN UN JUICIO LABORAL ME INTERPUSIERON EL MISMO, EN EL CASO VOY DE PARTE DE LA PARTE ACTORA (TRABAJADOR), ESTOY EN LA PROVINCIA DE CORRIENTES Y EN NUESTRO C.P.T., NO EXISTE TAL ARTICULACION, COMO UNA CUESTION DE FONDO. CUALQUIER AYUDA O MODELO EN COMO CONTESTAR SERÁ DE AYUDA. SALUDOS.-
 #922258  por totopalacios
 
El procedimiento no de tu provincia no lo admite como excepción o como defensa de fondo?
Si no lo admite como excepción pero si como defensa de fondo. Lo unico que tenes que decir es que solicitas se difiera el tratamiento para la definitiva y que atento a que la defensa tiende a negar la relacion laboral y de alli la falta de accion no tenes mas que reiterar en un todo lo expuesto en el escrito de inicio al cual te remitis en honor al principio de celeridad y economia procesal.
Saludos.
 #922442  por MORGAN
 
son muy parecidos los procedimiento laborales de todas las provincias. no admiten esa excepción como "previa" salvo que fuera manifiesta.
siempre o casi siempre la tratan al final con la sentencia. nunca las contesto. salvo alguna otra como prescripción medias rebuscadas, dudosas, sino no hace falta. es perder el tiempo. el punto está en el relato de los hechos, si se individualiza a fulano de tal como empleador, a otra cosa.
 #922548  por sanjuanino
 
MORGAN escribió:son muy parecidos los procedimiento laborales de todas las provincias. no admiten esa excepción como "previa" salvo que fuera manifiesta.
siempre o casi siempre la tratan al final con la sentencia. nunca las contesto. salvo alguna otra como prescripción medias rebuscadas, dudosas, sino no hace falta. es perder el tiempo. el punto está en el relato de los hechos, si se individualiza a fulano de tal como empleador, a otra cosa.
Convengo.
 #922552  por eltam88
 
Manifesta que se rechace la misma por los fundamentos dados en el escrito liminar.