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 #920269  por beatriz05
 
hola gente, tengo un pequeño problemita y no encuentro jurisprudencia que me avale.
Tengo un convenio de panaderos que no permite el pago de horas inhábiles lo que va encontra de la ley 20744. El demandado me opuso el convenio para no pagar dichas horas y debo contestarlo
Quien prevalece??? el convenio o le ley???

grax
 #920279  por eltam88
 
Prevalece lo más favorable al trabajador. Art 9 LCT, 14 bis C.N.
 #920345  por Ro2012
 
Ay, no coincido con vos eltam.... Hay jusrisprudencia en cuanto a los sabados y domigos en determinados rubros, que dice que las horas extras no se cobran los sabados y domingos por haber el trabajador gozado del franco compensatorio. Es para establecimientos y actividades determinadas, en las que el giro normal de la empresa se desarrolla en esos dias. Creo que se aplica tambien para trabajo por equipos. Te dejo esto:
http://www.pjn.gov.ar/Publicaciones/00002/00022399.Pdf
 #920349  por eltam88
 
Ro2012 escribió:Ay, no coincido con vos eltam.... Hay jusrisprudencia en cuanto a los sabados y domigos en determinados rubros, que dice que las horas extras no se cobran los sabados y domingos por haber el trabajador gozado del franco compensatorio. Es para establecimientos y actividades determinadas, en las que el giro normal de la empresa se desarrolla en esos dias. Creo que se aplica tambien para trabajo por equipos. Te dejo esto:
http://www.pjn.gov.ar/Publicaciones/00002/00022399.Pdf
Lo que respondí es sobre la oposición entre un CCT y la LCT.
Después hay que ver el caso particular.
Quién pregunta debería especificar cual es su caso.
Y lo que decis Ro claro que es correcto, en capital esta el fallo D ALoi.
 #920361  por Ro2012
 
Claro, siempre prevalece la norma mas favorable... Pero en este caso de panaderos no le van a dar como extra sabado y domingo, siempre y cuando la jornada semanal no exceda las horas de convenio, encima panaderos es duro, tiene estipuladas jornadas de 9 horas, con un mayor sueldo obvio