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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #920202  por Ariel11
 
puedo reclamar horas extras, si en los telegramas y audiencia del seclo no los reclame?
pudiendo hacerlo, reclamo los dos ultimos años o toda la relacion laboral? gracias
 #920483  por MORGAN
 
puede sin problemas. solo 2 años.
 #920523  por agentil
 
Ariel11 escribió:puedo reclamar horas extras, si en los telegramas y audiencia del seclo no los reclame?
pudiendo hacerlo, reclamo los dos ultimos años o toda la relacion laboral? gracias
Y si en el acta del seclo no incluiste las horas extras entiendo que no podés reclamarlo pero igual por ahí a la otra parte se le pasa.

saludos!!
 #920606  por Ro2012
 
Coincido con Agentil. Se supone que en el seclo se fijan los rubros. Igual intenta
 #920982  por gusgus
 
pregunto de ignorante nomas, pues no litigo en capital......


coincido con lo dicho por morgan...

y mi pregunta es respecto lo dicho por agentil y Ro2012....

como pude una ley de procedimientos, privar de derchos reconocidos por la ley de fondo???

o sea.... por la LCT, hasta dos años puede reclamarse, que no puda en el mismo proceso que los rubros reclamados en seclo, no significa que hubiere perdido su accion
 #921100  por Ariel11
 
Gracias por las respuestas, me olvide de reclamarlas en el seclo, pero entiendo que eso no me priva de denunciarlas en la demanda.
 #921334  por Ro2012
 
La verdad no me acuerdo en que estaba basado, pero en una clase con una conciliadora del SECOSE nos dijo especificamente que en seclo y secose los rubros deben estar detalladisimos, que si no no se pueden incluir en la demanda, salvo las multas. Prometo buscar seguro es por decreto. De todas maneras obvio, pedilas!!
 #921343  por gusgus
 
pero a todo evento no podra reclamar en el mismo juicio, pero deberia poder hacerlo en otro por separado, previo tramite ante el seclo....

si es asi, se respetaria la preeminencia de la ley de fondo....

de no ser asi, seria claramente inconstitucional
 #921361  por ods
 
gusgus escribió:pero a todo evento no podra reclamar en el mismo juicio, pero deberia poder hacerlo en otro por separado, previo tramite ante el seclo....

si es asi, se respetaria la preeminencia de la ley dy no les hacen caso de fondo....

de no ser asi, seria claramente inconstitucional
No perdes el derecho a reclamarlo solo que si no lo incluiste en ese reclamo tendras que hacer uno nuevo solo por los rubros que omitiste en la primera.
De todas formas en muchos casos los juzgados lo dejan pasar hasta rechazan planteos de la parte que los opone.