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  • PROVINCIA ART. AUTOASEGURO, CONSULTA

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #915225  por ab157
 
Les dejo planteado el siguiente interrogante.

El caso es por un accidente de trabajo (iniciado días antes de la entrada en vigencia de la nueva ley de Art, con todos los planteos de inconstitucionalidad del caso) de una empleada municipal que estaba asegurada por Provincia ART.

En el despacho que me ordenan el traslado de la demanda, me ordenan notificar a Provincia ART en la persona del fiscal.

Leí el Decreto 3858/07, y busqué comentarios sobre el tema y sigo sosteniendo que el auto es equívoco. Explico por qué: La Provincia de Buenos Aires asumió el autoaseguro respecto de los infortunios de sus dependientes, siendo PROVART la administradora hasta que el Estado Provincial se pueda hacer cargo per se.
En mi caso, la situación varía, dado que el empleador que también resulta demadado es un Estado Municipal, siendo Provincia ART la aseguradora.

Cláusula Décimo Segunda del Convenio de Rescición del Contrato de Afiliación (entre la Provincia de Buenos Aires y Provincia ART), que fue ratificado por el Art. 3 del citado decreto 3858/07, que dice: "DECIMA SEGUNDA: A partir de la habilitación del autoseguro por parte de las Superintendencias de Seguros de la Nación y de Riesgos del Trabajo, LA PROVINCIA, a través de Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, asumirá la representación judicial de aquellos juicios en los que PROVART haya sido o fuera demandada, codemandada o citada en garantía respecto de los siniestros padecidos por trabajadores de LA PROVINCIA con fecha anterior al 01/01/2007 así como por contingencias ocurridas con fecha anterior la citada habilitación".


Como solo puede ver jurisprudencia de dependientes del Estado Provincial, y en todas contesta el Fiscal de Estado, opone excepciones y las gana, quería consultar si alguien tuvo un caso similar a este -donde el empleador no es la Provincia de Buenos Aires y la aseguradora es Provincia ART- y si estoy acertado. Si alguién tiene algo de jurisprudencia, será bienvenida.


Gracias