Hola a todos los foristas, mi papá me planteó una duda siendo que soy abogada me pregunta lo siguiente. Trabaja en una empresa desde hace 42 años, en blanco, hace 2 años se jubiló, a todo esto la empresa, quien nunca le mandó el telegrama previsto por el art.252 otorgando plazo 1 año para que realice los trámites jubilatorios, lo mantiene en el puesto de trabajo hasta el día de hoy en las mismas condiciones de horario, salario, puesto, etc... haciendo los descuentos y aportes como siempre hasta el día de hoy. Como hay una ola de despidos, mi papá me pregunta, estando jubilado me pagan indemnización si me despiden? yo me apuré y le dije, no porque estás jubilado, pero leyendo bien el 253 lo habilita (ya que la empresa tiene conocimiento de su beneficio jubilatorio) a cobrarla.
Es así? Gracias y saludos.
Es así? Gracias y saludos.
