Drml2010 escribió:Este ultimo telegrama ahora fue devuelto al remitente como rechazado, como opera el domicilio rechazado en este caso? Deberia enviar esa nueva intimacion por 48hs y tratar de solicitar por nota en la justicia electoral el domicilio real de la persona que explota el local? Este domicilio al cual fueron dirigidas todas las misivas existe y opera al dia de la fecha. Espero respuestas y como siempre gracias colegas.
Mejor entonces. Envía el telegrama con las correcciones apuntadas nuevamente a ese domicilio en que te lo rechazaron. Intima a la registración por el 8, 11 y 15 de la 24013 y especialmente a que en el plazo de 48Hs. de recibido te contesten si la van a registrar o no. Como te lo van a rechazar seguro al telegrama, ahí vas a tener que mandar el telegrama de despido poco tiempo después.
Respecto al domicilio real, tenés ante el juzgado electoral varias formas de hacerlo:
1)O podes iniciar medidas preparatorias en la justicia y pedir que se oficie a la justicia electoral para saber el domicilio real. En este caso te conviene tambien pedir oficios ante la IGJ y ante los registros inmobiliarios y automotor para saber si tiene bienes
2) O podes pedir por nota ante el mismo tribunal electoral con el fin que te informen el dato
3) Em mi provincia, ni nota hace falta, vas con el nombre y el número de documento del tipo y lo pedís (Pero supongo que es por que acá nos conocemos todos)
No descartes esta tercera y andá y averigualo, por ahí tenes suerte
Una medida que yo en otros tiempos he usado es caer con un escribano y constatar la existencia del domicilio, pero eso sale guita. Puede servir y es importante como prueba a la hora de cualquier impugnación.
Cualquier cosa avisame si algo quedó descolgado