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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #909256  por gabriel75
 
Hola chicos le hago una consulta, estoy por presentar mi primera demanda laboral en capital, mi inquietud es la siguiente, resulta que la en la demanda no voy a ofrecer ningún tipo de prueba, recién las acompañare cuando me den traslado del responde de la demanda, estoy haciendo bien, o la única prueba que puedo acompañar después de que se me corra traslado es la documental.
Otra consulta, que otras cosas me sugieren para tener en cuenta antes de que presente la demanda. Graciaaaaas, entiendamen es mi primer demanda.-
 #909333  por GU
 
Yo nunca tuve problemas ofreciendo la totalidad de la prueba despues de contestado el traslado.

Respecto a que tener en cuenta... la $olvencia del demandado :twisted:

Salutes!
 #909382  por ods
 
Poder presentar la prueba cuando te corran traslado de la contestación.
 #909462  por carastec
 
Como te dijeron, tenés dos momentos para ofrecer la prueba, a tu elección:
a) Junto con el escrito de inicio.
b) Cuando te corran traslado por cédula de la contestación de demanda. En dicha oportunidad, tenés 3 días para ofrecer prueba, o bien ampliar la ya ofrecida junto con el escrito de inicio (a).

Ahora bien... es aconsejable que junto con el escrito de inicio se ofrezca POR LO MENOS el intercambio epistolar.

Ello porque así tenés la posibilidad que el mismo quede reconocido con el responde; y de tal modo, te evitás tener que producir la prueba informativa al Correo.

Pero claro, es una cuestión de elección personal.
Cualquiera de las variantes es técnicamente correcta.