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  • embargue bien de familia

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #900337  por gusgus
 
sanjuanino escribió:Debo reconocer, amigo salteño, que con su aporte me ha convencido. La verdad que la otra postura es interesante, pero con sus últimos argumentos me ha convencido
estoy copiando todo el post para en caso de tener un caso similar tener la argumentación para agarrarme. Muy contundente su participación. Y brillante como siempre.
Solo le falta hacerse campista, ya de abogado tiene mucho
jajajaja....


sepa estimado cuyano, que aqui tiene a un "lider" (organizador) de campamentismo (como lo llamamos aqui)... años llevando contingentes de entre 50 y 90 acampantes!!!!!!

hasta casarme, carpa a todos lados, con amigos, novias, etc.... (por separado, claro!!!!!)

luego, reconozco, me aburguese!!!!!

abrazo amigo!!!!
 #900359  por flux
 
en un juicio laboral, acuerdo mediante sin pagar, embargue un inmueble ya que se anoto como bien de familia despues de iniciada la demanda, me salio la sentencia de trance y remate, como debo continuar ya que me dijeron no al pedido de presentacion de escritura porque esta como bien de familia. gracias
Solicita una inoponibilidad del regimen basandote en que la anotacion posterior no tiene efecto retroactivos y reserva derecho de plantear un recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley por violacion de doctrina legal de la SCBA (arriba hay un fallo de SCBA que se refiere a esto). Digo lo del recurso para que en el tribunal ya sepan que se van a meter en el OGT su proveido si de vuelta te deniegan la ejecucion y se los subis a la corte y tenes doctrina legal a tu favor

-

Y con respecto a lo del bien de familia, mi postura es que contra derechos de orden publico o nacidos de relaciones extracontractuales; no tiene valor sea de fecha que sea

Por ejemplo, entonces una persona que va y revienta a alguien con el auto (derecho de resarcir nacido de un ilicito) no puede ser ejecutado porque tiene un bien de familia?

O un tipo que se arma un taller clandestino de zapatos y toma todo personal en negro (derechos de orden publico) tambien esta exento de pagar a pesar del bruto fraude que se mando?
 #900446  por poorlaw
 
sanjuanino escribió:
poorlaw escribió: entiendo que es inoponible al acreedor que asintió en extinguir las obligaciones litigiosas por una nueva.

Saludos!
siguiendo tu postura, supongo que querrás haber puesto oponible al acreedor
Eso eso eso eso eso... (El Chavo dixit) :oops:
gusgus escribió:pues podria ser un arma de la patronal para evadir el pago.
Cheee, me hacen sentir un traficante de armas... :cry:

:lol: :lol: :lol:
 #900468  por sanjuanino
 
gusgus escribió: sepa estimado cuyano, que aqui tiene a un "lider" (organizador) de campamentismo (como lo llamamos aqui)... años llevando contingentes de entre 50 y 90 acampantes!!!!!!

hasta casarme, carpa a todos lados, con amigos, novias, etc.... (por separado, claro!!!!!)

luego, reconozco, me aburguese!!!!!

abrazo amigo!!!!
Lo invito a entrar a esta página http://www.amigosacampantes.com.ar
Somos un grupo pequeño de familias acampantes de todo el país (principalmente de la provincia de Bs. As.) muy copado (yo lo defino como la "izquierda" del campismo, por que es un grupo rebelde de la mayoría - hay un grupo principal que maneja el campismo en la argentina - que no transa con algunas cosas). En el grupo, ademas de este que escribe, hay un colega con matrícula del año 1976. No solo ingresan los que andan en carpa (como es mi caso) sino los que andan en casa rodante, trailer y motorhome En la segunda quincena de Enero de 2013 nos juntamos por 3 días en el sur de córdoba. Por ahí le interesa retomar la actividad y nos encontramos.
La misma invitación la extiendo al resto de mis compañeros laboralistas.
Lo invito a entrar y ver
 #901114  por juanbte
 
Holas.. Comentario off topic..
Para salir de garante en un alquiler de departamento, se tuvo que desafectar un bien de familia, recien ahi se pudo ofrecer como garantia embargable y una vez firmado el contrato, se afectó nuevamente como bien de familia.. La propiedad es inembargable por otras cuestiones ajenas a la garantía de alquiler. Ya que el contrato fue celebrado en el lapso donde la propiedad no era bien de familia, lo cual torna embargable la misma. Cualquier hecho posterior a la fecha de afectacion nuevamente, no podra contar con ese bien de familia en sus planes.
Me enredé un poco pero creo que se entiende.
Saludos!!
Juan
 #901116  por gusgus
 
Se entiende la idea y la comparto....

igualmente respecto a que:
juanbte escribió:La propiedad es inembargable por otras cuestiones ajenas a la garantía de alquiler. Ya que el contrato fue celebrado en el lapso donde la propiedad no era bien de familia, lo cual torna embargable la misma. Cualquier hecho posterior a la fecha de afectacion nuevamente, no podra contar con ese bien de familia en sus planes.
Juan
Técnicamente ahora la propiedad es embargable por cualquier deuda que tenga su causa con fecha anterior a la nueva afectación, dentro de lo cual está el contrato de alquiler mencionado...
es decir, a mi humilde entender no resulta correcto decir que "es inembargable por otras cuestiones ajenas a la garantía de alquiler"...

saludos!
 #901157  por juanbte
 
Claro.. eso mismo!! Ja
Pero dicho de una forma no tecnica de mi parte, igualmente menciono que cualquier hecho posterior a la afectacion no recae sobre la propiedad. Solo eso.. no se si el hilo de la consulta se trataba de un supuesto parecido analogamente. Pero bueh.. era mi aporte sobre bien de familia..
Saludos!!
Juan
 #904186  por aryela
 
les agracezco su interes por el tema y sus grandes aportes, pero en conclusion que me aconsejan que haga? el acuerdo es del 20 de octubre de 2010, ahora no tengo aca el papel pero creo que se puso como bien de familia antes. Pero cuales serian las alternativas en ambos casos si fuera anterior o posterior al bien de familia? la demanda es de febrero de 2009 y la inscripcion de bien de familia es posterior al traslado de la demanda.Gracias
 #904224  por Arbeiter
 
flux escribió:Solicita una inoponibilidad del regimen basandote en que la anotacion posterior no tiene efecto retroactivos y reserva derecho de plantear un recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley por violacion de doctrina legal de la SCBA (arriba hay un fallo de SCBA que se refiere a esto). Digo lo del recurso para que en el tribunal ya sepan que se van a meter en el OGT su proveido si de vuelta te deniegan la ejecucion y se los subis a la corte y tenes doctrina legal a tu favor
Yo apuesto a esta alternativa aryela...
 #904954  por gusgus
 
debes solicitar se declare la inoponibilidad del bien de familia, atento que el credito es de fecha anterior a la inscripcion como tal....

solo eso.....

el convenio no nova la causa de la obligacion, pues la novacion debe ser expresa, menos aun en temas laborales...

note enrosques, va a funcionar
 #907937  por aryela
 
hola gracias a todos, les comento que la inoponibilidad me lo dijeron ellos mismos al dejarme trabar el embargo, lo que ellos me estan diciendo que no es al tema de los informes de deuda y presentacion de escritura que pedi para iniciar el remate. ustedes que dicen que haga continuo el remate, la sentencia esta pero no se como seguir. gracias
 #907971  por andresxeneizes
 
si el credito no es anterior al bien de familia entiendo que podes llegar hasta el embargo nada mas, si el credito es posterior tenes que pedir la inoponibilidad de la anotacion de bien de flia como dijeron anteriormente
 #908079  por sanjuanino
 
En este tema cada vez mas estoy de espectador
 #908089  por gusgus
 
aryela escribió:hola gracias a todos, les comento que la inoponibilidad me lo dijeron ellos mismos al dejarme trabar el embargo, lo que ellos me estan diciendo que no es al tema de los informes de deuda y presentacion de escritura que pedi para iniciar el remate. ustedes que dicen que haga continuo el remate, la sentencia esta pero no se como seguir. gracias
ellos quienes son??? el tribunal???
decis que al momento de pedir el embargo el tribunal declaro expresamente la inoponibilidad????

sin sustanciacion del tema????

existe resolucion expresa en este tema???

decis: "lo que ellos me estan diciendo" .... quienes son ellos????

de ser el tribunal, transcribi el despacho asi te podemos ayudar....

con los antecedentes que mencionaste antes, entiendo que procede el remate....

igualmente, tene en cuenta que generalmente con el mandamiento de constatacion previo al remate, diligencia que recomiendo asistas, es cuando realmente se dan cuenta de donde estan parados y podes lograr un acuerdo....

esperamos detalles al respecto!!!!
 #909026  por aryela
 
hola si ellos me refiero al Tribunal dijeron que el bien de familia era inoponible pero al momento de pedir los informes que se requieren previo al remate asi como la escritura me contesta(el tribunal que no ha lugar por existir el bien de familia), entonces ahi me traba porque me dejan embargar, me dictan sentencia de remate y cuando quero seguir el procedimiento del remate me lo niegan por existir la anotacion como bien de familia. Gracias!!