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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #901435  por dramereu
 
Hola colegas, alguien sabe cuál es la normativa que menciona que los empleados de servicio doméstico que trabajen menos de 12 horas semanales no se registran?
Cuál es la normativa que los regula??? a los trabajadores que hacen limpieza de 6 a 12 horas en casa de familia.
 #901438  por elnegociador
 
D.L. 326/1956 D.R. 7979/1956 *leo* exitos
 #901478  por dramereu
 
No, por que trabajaba tres veces por semana cuatro horas o menos. No se aplica ese decreto, pero quiero saber la ley que se apica que diga que es independiente o algo así.
 #901484  por elnegociador
 
No entiendo a que te referis con lo de independiente? tu clienta esta registrada o no? si no esta registrada independientemente valga la redundancia , de las horas que trabaje y los dias encuadralo dentro del decreto, que el empleador se preocupe de demostrar lo contrario :mrgreen: exitos
 #901505  por GU
 
dramereu escribió:No, por que trabajaba tres veces por semana cuatro horas o menos. No se aplica ese decreto, pero quiero saber la ley que se apica que diga que es independiente o algo así.
Fijate esto de la reforma tributaria: Ley 25.239.

http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... /norma.htm

Articulo 21 en adelante.

Salutes!
 #901679  por dramereu
 
MI CLIENTE ES EL EMPLEADOR, la empleada INVENTÓ, más horas y aplicó la LEY de contrato de trabajo, lo cual es una BURRADA.... por eso quiero poner la ley que para mi es aplicable y que no corresponde registrar..... Saludos.... MIL GRACIAS
 #901693  por poorlaw
 
dramereu escribió:MI CLIENTE ES EL EMPLEADOR,
Nunununu... ahora se dice "dador de trabajo" :P

En rigor, el dador de trabajo no tiene obligación de "registrar" en el sentido de la LCT, no importa la cantidad de horas trabajadas, ya que no se concibe que una familia tenga el libro del art. 52 ni la obligación de inscribirse en el régimen de la seguridad social como empleador.

Pero el dador de trabajo tienen la obligación de efectuar los aportes y contribuciones que corresponden al régimen del servicio doméstico creado por la ley que linkeó el amigo GU.

Saludos!
 #901719  por dramereu
 
listo MUCHAS GRACIAS, menciono esa normativa muy vagamente, total la actora tampoco pidió supletoriamente su aplicación por lo tanto el juez va a desestimar por la burrada que pide!!