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  • URGENTE: LIQUIDACION INDEMNIZACION ACCIDENTE

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #900607  por Maru72
 
Hola Foristas, les cuento: mi cliente (accidentado laboral) ya tiene Dictamen de la Comisión Medica, que apelé el porcentaje por bajo ante la Comisión Médica Central. No obstante ello, la Superintendencia le notifica el monto de su indemnización, que se encuentra a su disposición para cobrar, y que según , mi cálculo es correcta. Se que se puede tomar como pago a cuenta y después si el dictamen de la Comisión Médica Central dá porcentaje mayor, cobrar la diferencia. Igualmente llame a la ART para negociar, para ver si se podía elevar el monto de la indemnización, y así evitar el inicio de la conciliación laboral. Me contestaron que ellos solo pagan estrictamente lo que dice la Superintendencia. ES decir, yo traté de negociar como con cualquier otro reclamo ante cia. de seguros (accidente de tránsito, choque, etc) y llegar a un acuerdo por una suma mayor a la que corresponde, pero me sacaron volando, las preguntas son¿ ¿efectivamente no puede la ART hacer un arreglo por una suma mayor a la dictaminada por la Superintendencia?,y entonces, ¿la única forma para que le den una indemnización mayor es continuar con la vía administrativa e iniciar la conciliación laboral? Disculpen si las preguntas son obvias, pero es primer caso de accidente laboral. Muchas gracias
 #900717  por DocCuervo
 
las art solo pagan los que dice la srt y ni un peso mas

manda a tu cliente a un legista de confianza, para que vea la real incapacidad que tiene. yo no perderia mucho tiempo ante la CMC iniciaria directamente el seclo.

muchas art pagan el dictamen de CM en el seclo, con reconocimiento de honorarios y si hay junta medica en el ambito del seclo y detectan una incapacidad mayor, tambien la abonan