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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #900290  por Blaw
 
Ingreso: 1 de febrero de 2011
Despido indirecto: 21 de abril de 2012
sueldo bruto: 7.300,00.-
No hay horas extra. Salario instrumentado en recibos.
Problema: no se abona meses de sept., octubre, nov y dic (a pesar de que el empleado los laboró), ni 2° SAC ni vacs. Además no ingresó los aportes jubilatorios aunque si presentó las DDJJ, pero algunos montos no coinciden con los recibos de sueldo que tengo!
Obviamente, nunca puso certif. de servicios a disposición.
Se intima fehacientemente, el empleador no contesta. Se da por injuriado y despedido. Se cierra ministerio sin acuerdo.
Dudas:
1) Debo tomar como base del cálculo los 7300 + SAC 608,30 para los meses que se adeudan?
2) Además, pido el SAC como otro de los rubros?
3) Para calcular las vacs no gozadas que tomo como base?
4) Pido SAC tb por el proporcional del 1° semestre de 2012? y las vacs proporcionales tb?

Gracias!!!
 #900330  por sanjuanino
 
Blaw escribió: 1) Debo tomar como base del cálculo los 7300 + SAC 608,30 para los meses que se adeudan?
2) Además, pido el SAC como otro de los rubros?
3) Para calcular las vacs no gozadas que tomo como base?
4) Pido SAC tb por el proporcional del 1° semestre de 2012? y las vacs proporcionales tb?

Gracias!!!
Respuestas:
1) la base para el 245 es lo adeudado (7300) El monto del SAC 2° semestre se pide aparte (3650$)
2) si, SAC proporcional 1° semestre 2012
3) el salario
4) en el primer supuesto no y en el segundo si (las vacaciones prop)

Respecto de los aportes no ingresados, intima a ingresarlos bajo apercibimiento del 132 bis (es un número interesante)
tambien proceden las indemnizaciones del art. 80 LCT y art. 2 ley 25323.
Yo siempre insisto en que no hay que olvidarse, al final de las intimaciones, del art. 9 ley 25013.
Cualquier duda nos avisas.
Saludos
 #900367  por Blaw
 
Muchas Gracias por tu respuesta, sanjuanino!!! Me quitaste unas cuantas dudas!! Ya había agregado el 80, el 132 bis, el 2 de la 25.323 y el 9 de la 25.013! Pero me hacía un lío bárbaro con la jurisprudencia que indica tomar la totalidad de los ingresos de carácter remuneratorio incluido el SAC para tener la base de cálculo. Después no sabía si debía pedir el SAC igual o si ya estaba agregado...en fin, me hice tremendo lío! Pero muchas gracias por tu ayuda,colega!