las diferencias salariales si es necesario explicitar cuales son. Lo que no se es si te van a dar lugar a esa aclaración en la contestación del traslado, pero si no lo hacen lo puedes meter en la liquidación (si es que no la has metido ya) o probar hacelo en una nueva corrección de la liquidación o, como última instancia en el alegato. Eso pelealo.
respecto de los testigos, en mi provincia el número de testigos máximo es 5 por el código de procedimientos, salvo que se presenten mas que estos cuya comparencia sea esencial para la demostración de los extremos de la demanda. Si los querés mantener a los presentados, pelealos en esta contestación con estos argumentos.
tengalo como una sugerencia, para clamar en algo su ansiedad.
Un gran abrazo
Entre a mi pago sin golpear
Para los no frecuentes, Solo contesto mensajes privados perfectamente identificados por nombre y lugar . Esto no es negociable