Hola amigos Foristas !!! Tengo un juicio laboral en capital, voy por la actora. Ya conteste el traslado de la contestación de la demanda y el juzgado me proveyó lo siguiente: "Buenos Aires, 4 de setiembre de 2012. Por economía y celeridad procesal (ar.t 80LO) con la presentación de la actora por contestado por la misma el traslado corrido. Por parte y contestada demanda por la demandada. No tratando la excepción opuesta comprendida dentro de las previstas como previas por el art. 76LO por resultar necesaria la producción de prueba, difierese su resolución con el fondo del asunto. Abrase la causa a prueba."
El tema es que no me llega la cédula aún y en el juzgado me habían dicho que ellos notificaban la apertura a prueba ... Es así??? Tengo que esperar la cédula del Juzgado? Puede demorar tanto (el despacho es del 4/9)? o tengo que hacer algo yo? Les agradecería me respondan porque no hago mucho laboral y tengo esta duda. Gracias !!!
El tema es que no me llega la cédula aún y en el juzgado me habían dicho que ellos notificaban la apertura a prueba ... Es así??? Tengo que esperar la cédula del Juzgado? Puede demorar tanto (el despacho es del 4/9)? o tengo que hacer algo yo? Les agradecería me respondan porque no hago mucho laboral y tengo esta duda. Gracias !!!
SOLBEL Abogada Holística
