Hola, les hago una pregunta, mi cliente es dueño de una empresa, hay un trabajador que se encuentra licencia medica por una especia de depresion que el esta alegando, acompaño diferentes constancias medicas, ahora bien, mi cliente como tiene facultad de contralor, lo cito para que lo vea la psicologa de su centro medico, la misma dice que esta en condiciones de volver al trabajo y los certificados medicos de el dice que sigo con reposo por un cuadro de depresion.-
el art 227 LCT, dice que en caso de discrepancia en los certificados medicos, el empleador debera someter la cuestion a la autoirdad de aplicacion y un medico oficial dictaminara.-
Yo me acerque al SECLO, porque esto seria capital federal y ellos no tienen ningun servicio de este tipo, alguien sabe donde tendria que acudir mi cliente??, se hace via judicial??.-
Al no ser un accidente este empleado nunca se atendio por ART, sino siempre por medicos de un hospital
Espero alguna ayuda, gracias!!!!!
el art 227 LCT, dice que en caso de discrepancia en los certificados medicos, el empleador debera someter la cuestion a la autoirdad de aplicacion y un medico oficial dictaminara.-
Yo me acerque al SECLO, porque esto seria capital federal y ellos no tienen ningun servicio de este tipo, alguien sabe donde tendria que acudir mi cliente??, se hace via judicial??.-
Al no ser un accidente este empleado nunca se atendio por ART, sino siempre por medicos de un hospital
Espero alguna ayuda, gracias!!!!!
