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 #895552  por Vivor
 
Hola colegas.

Me vino a ver un cliente para ejecutar un pagaré. El deudor concilió un juicio laboral en cuotas.

Saben Uds. si existe algún impedimento en que inicie una ejecución (fuero comercial) y pida embargo sobre ese crédito laboral?

Muchas gracias!

Vivor
 #895864  por MORGAN
 
ver si conviene ejecución de convenio. tener presente el último párr. del art. 275 lct reformado hace poco tiempo.
 #895865  por MORGAN
 
ver si conviene ejecución de convenio. tener presente el último párr. del art. 275 lct reformado hace poco tiempo.
 #896135  por sanjuanino
 
MORGAN escribió:ver si conviene ejecución de convenio. tener presente el último párr. del art. 275 lct reformado hace poco tiempo.
No es el convenio en sí lo que se estaría ´poe ejecutar, sino un pagaré de un tercero. yo creo (y no sin dudas) que en principio si procedería la ejecución
 #896136  por sanjuanino
 
Me olvide de agradecerle al pirata Morgan el dato de la reforma del 275 LCT, que no lo tenía.
Para quien le sirva, dicho artículo fue reformado por la ley 26.696 de agosto del 2011
 #896146  por gusgus
 
son dos cosas distintas....

el pagare es ejecutable, claro, segun las normas del proceso ejecutivo...

otra cosa distinta es, y creo que es a lo que apunta la consulta, es si en el marco del proceso ejecutivo se puede pedir el embargo de las sumas resultantes en el acuerdo laboral celebrado por el deudor en su accion ante la justicia del trabajo....

de ser asi, estimo que la respuesta es que se puede pedir dicho embargo con el limite del 20%.... siempre y cuando el credito laboral no rovenga de un accidente de trabajo....
 #896318  por sanjuanino
 
Yo tengo mis dudas sobre la procedencia de este tipo de embargo por el carácter alimentario que se le podría atribuir a la indemnización laboral para rechazar la procedencia del mismo. De todos modos, yo probaría embargar
 #896331  por gusgus
 
Justamente como indica el estimado amigo sanjuanino, al ser alimentario solo procede embargo en el maximo del 20 porciento...
Al igual que los salarios, tambien de caracter alimentarios y embargables en ese limite
 #896334  por sanjuanino
 
gusgus escribió:Justamente como indica el estimado amigo sanjuanino, al ser alimentario solo procede embargo en el maximo del 20 porciento...
Al igual que los salarios, tambien de caracter alimentarios y embargables en ese limite
Esta sería la respuesta amis dudas. Muchas gracias hermano