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  • DEMANDA POR NO CONTESTADA Y REBELDIA

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #893446  por agentil
 
Estimados:

Tengo un juicio que voy por la actora donde a la demandada le dieron por no constestada la demanda (debido a que no cumplió con una intimación que le hizo el juzgado). Que diferencia tecnica hay entre tener por no contestada la demanda y la rebeldía.

Igual la art codemandada sí contesto.

saludos y gracias!!
 #893602  por agentil
 
andresxeneizes escribió:que tiene por constituido el domicilio y no se notifica por nota las resoluciones y que no podes pedir cautelar sobre el que no le tuvieron por contestada la demanda
Ok muchas gracias Andres. saludos!
 #893745  por sanjuanino
 
Por el contrario, si podes pedir cautelar sobre el rebelde. Además, el rebelde no puede articular defensas sobre lo precluido
 #893751  por agentil
 
sanjuanino escribió:Por el contrario, si podes pedir cautelar sobre el rebelde. Además, el rebelde no puede articular defensas sobre lo precluido
Si sobre el rebelde ya lo sé, pero en mi caso no quedo rebelde. Lo tuvieron por no presentada la contestación de la demanda. La pregunta es que diferencia tenia con la rebeldía?


saludos!!
 #893761  por sanjuanino
 
En ese caso ninguna, opera igual que con la rebeldía
 #893790  por eltam88
 
Al haberse presentado tiene domicilio constituido caso contrario lo tendría en los estrados.
 #893800  por gusgus
 
Coincido con andres y eltam....

no hay rebeldia, por ende no hay ningún efecto de la misma que resulte aplicable...

una cosa es no contestar demanda y otra cosa es estar rebelde, aunque generalmente suceden ambas cuando se da la primera....

pero en definitiva no hay una identificación entre una y otra circunstancia, pues el no contestar demanda tiene consecuencias propias distintas a la declaración de rebeldía y, viceversa, la rebeldía tiene consecuencias propias distintas a la incontestación de demanda.