Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Prescripcion enfermedad

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #890795  por gamorza2002
 
Hola, me agarro una duda sobre la prescripcion para la accion civil por daños por una enfermedad profesional, brucelosis. El se enferma en septiembre de 2009, en agosto de 2010 le dan el alta sin incapacidad, desde ahi hasta octubre de 2010 se mandaron telegramas cada uno rechazando, el ex abogado de mi cliente, el dictamen de la art, y la art desconociendo la enfermedad. Sigue enfermo, y con secuelas.
Mi pregunta es si ya esta prescripta la accion contra la art porque ya pasaron dos años desde que se manifesto la enfermedad y el anterior abogado no inicio demanda.

Gracias!.
 #890850  por ods
 
Tengo entendido que el plazo se cuenta desde la toma de conocimiento, en este caso setiembre 2009 y por aplicación del art. 3986 CC tendrías hasta setiembre 2012 asi que yo diria que verifiques cual es la fecha exacta y en su caso te apures porque estas en el limite.
 #891249  por gamorza2002
 
Gracias! entonces esta en el horno porque se denuncio el 9 de septiembre de 2009 y su anterior abogado no realizo mas que mandar las carta documento.
Saludos.
 #891388  por agentil
 
gamorza2002 escribió:Gracias! entonces esta en el horno porque se denuncio el 9 de septiembre de 2009 y su anterior abogado no realizo mas que mandar las carta documento.
Saludos.
Si en agosto de 2010 le dieron el alta es ahí cuando empieza a correr la prescripción. Y si mandaste algun telegrama suspendió la prescripción 1 año conforme el art. 3986 del CC. Si pediste seclo suspende 6 meses.

Estas a tiempo creo,

suerte!!
 #892495  por gamorza2002
 
agentil escribió:
gamorza2002 escribió:Gracias! entonces esta en el horno porque se denuncio el 9 de septiembre de 2009 y su anterior abogado no realizo mas que mandar las carta documento.
Saludos.
Si en agosto de 2010 le dieron el alta es ahí cuando empieza a correr la prescripción. Y si mandaste algun telegrama suspendió la prescripción 1 año conforme el art. 3986 del CC. Si pediste seclo suspende 6 meses.

Estas a tiempo creo,

suerte!!
Gracias!!, parece que tenias razon.