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  • Me ayudan con jurisprudencia de la 24.013?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #889133  por DraSolcito
 
En síntesis: El trabajador intima a que lo registren, la empresa reconoce el vínculo y la antigüedad pero registra por un salario inferior al denunciado. Alguien tendrá jurisprudencia sobre la procedencia de la 24.013 en estos casos?
 #889150  por eltam88
 
DraSolcito escribió:En síntesis: El trabajador intima a que lo registren, la empresa reconoce el vínculo y la antigüedad pero registra por un salario inferior al denunciado. Alguien tendrá jurisprudencia sobre la procedencia de la 24.013 en estos casos?
No es supuesto de tal ley. Puede ser de la 25323, pero para ello debe haber despido
 #889160  por DraSolcito
 
Quizás fui demasiado breve!

El trabajador intima a que lo registren por la 24.013. El empleador registra la fecha de ingreso y la categoría denunciadas PERO reconoce un salario inferior al que efectivamente percibía (en negro) e incluso inferior al que corresponde por CCT. Es decir, cumplió parcialmente con la intimación.

Existe jurisprudencia sobre la procedencia de la 24.013 en estos casos? Entiendo que no proceda el 8, pero tal vez el 10?
 #889686  por flux
 
En síntesis: El trabajador intima a que lo registren, la empresa reconoce el vínculo y la antigüedad pero registra por un salario inferior al denunciado. Alguien tendrá jurisprudencia sobre la procedencia de la 24.013 en estos casos?
Podes elegir entre:

1 - Te das por despedida directamente, al caso, cumplir parcialmente la intimacion de la 24.013 no es cumplirla y da lugar a despido

2 - O volver a intimar por la 24.013 bajo apercibimiento de despido para que registren el correcto salario completo y si no lo hacen ahi si hacer el despido

En todo caso en vez del articulo 8 por clandestinidad total el que va a proceder es el 10 si no cumplen con la intimacion o niegan que ese sea el salario. Pero la 24.013 procede igual, no necesitarias jurisprudencia especifica para justificar esto. Seria como un caso normal del articulo 8 de la 24.013
 #889689  por DraSolcito
 
El intercambio lo hizo otro letrado. Yo estoy armando la demanda y me encontré con esto. Entonces, justifico con el art. 8 de la 24.013 y subsidiariamente con el 10?
 #890009  por flux
 
El 10 solamente, desde que la pusieron parte en blanco el 8 ya quedo fuera.
 #890116  por DraSolcito
 
Como decía antes, el caso lo llevó un colega. A mí me llega ahora para hacer la demanda. Esto fue hace más de un año, por lo que en "mis aportes", sin clave fiscal no tengo cómo chequearlo. Teóricamente lo registro porque puso a disposición el alta "temprana" de la AFIP, cosa que jamás ví y después le abrió una cuenta sueldo (donde nunca le depositaron salarios). Todo teóricamente.

La única que se me ocurre es que el trabajador gestione su clave fiscal para ver si efectivamente están hechos los aportes de ese período...
 #890135  por GU
 
Eso es fundamental. Si no lo registro, podes reclamar la multa del art. 8 ya que la extincion del vinculo no lo exime de registrarlo.

Salutes!
 #890451  por davidoc1286
 
colegass les hago una consulta.. debo intimar a un empleador para que registre la relacion laboral en negro.. como hago para dar cumplimiento del art. 11 de la 24.013? como notifico a la afip? desde ya mil gracias! es el primer supuesto que me toca hacer!
 #890460  por DraSolcito
 
Cuando mandás la intimación por la 24.013 al empleador, manda en el mismo acto (así nadie se cuelga) una copia de ese telegrama a la AFIP (Hipólito Yrigoyen 370 - CP 1086), con un encabezado que diga que en cumplimiento de lo prescripto por el art. 11 de la ley 24.013, transcribis la intimación despachada al empleador (***, CUIT ***) en el día de la fecha. Todo en el correo, pro TCL, gratis para el trabajador.
 #890465  por davidoc1286
 
muchisimas graaciass!!! me ayuda muchisimo tu aporte, ahora bien un ultimo detalle, esa direccion de afip es de capital federal no? yo pertenesco a la provincia de bs as. la mando igual a esa direccion o le pongo la direccion de la sede de aca de La Plata?? y otra cosa si el empleador no tiene cuit? alcanza con el nombre y apellido? porque es un dueño de un remis.... desde ya muchas gracias nuevamente!!
 #890468  por DraSolcito
 
Yo siempre mando a esa dirección porque es LA AFIP, la "central" digamos.

Buscá el CUIT del empleador en www.cuitonline.com, por nombre y apellido. Si no aparece, mandalo sin CUIT. Aunque una vez me llamaron de la AFIP para preguntarme el CUIT porque no lo había puesto! Jaja!
 #890509  por davidoc1286
 
muchisimas gracias DraSolsito! y lo voy a tener que mandar sin CUIT porque la realidad es que se desconoce y aparentemente no esta registrado, el telegrama se lo hago enviar al cliente de ultima se comunicaran con el no? muy agradecido por tu aporte!