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  • DUDA... Plazo para demandar luego del embargo preventivo

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #888956  por elmitolaleyenda
 
Hola Colegas.. Escribo porque tengo una duda..
Tengo un cliente Dueño de una Panadería, se despidió al repartidor.. Tuvimos intercambio epistolar, hasta que llego la notificación del embargo sobre 2 vehículos de mi cliente..
Ahora la duda que tengo es sobre el plazo que tiene para entablar la demanda, en civil y com. son 15 días desde que la medida esta firme.... Es igual en materia Laboral???? Muchas gracias por su tiempo.

H.S.B.
 #889162  por andresxeneizes
 
me parece que no son 15 dias son 10, y si mal no recuerdo la LO dice que son de aplicacion los arts del cod proc en relacion a cautelares.
Lo que si los 10 o 15 dias son para empezar los tramites de demanda que en este caso es ir a sortear al seclo la mediacion