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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #888654  por dragm
 
Hola Colegas... necesito aclarar un par de dudas... tengo una cliente que trabajó durante 8 años en un sanatorio (es kinesiologa) en negro. Bah, facturaba como monotributista pero en realidad es una relacion de dependencia encubierta. Hace dos meses se pidió licencia sin goce de sueldo porque se encontraba muy estresada, la cual vence a fines de este mes. Durante este tiempo ella consiguio otro trabajo y quiere renunciar al anterior. Mi duda es, si renuncia, ya no puede reclamar por todos los rubros, no? o sea, la multa por el trabajo mal registrado y demas ya no la puede pedir. En caso de que renuncie, que le corresponde??

Gracias por su tiempo!!
 #888664  por eltam88
 
dragm escribió:Hola Colegas... necesito aclarar un par de dudas... tengo una cliente que trabajó durante 8 años en un sanatorio (es kinesiologa) en negro. Bah, facturaba como monotributista pero en realidad es una relacion de dependencia encubierta. Hace dos meses se pidió licencia sin goce de sueldo porque se encontraba muy estresada, la cual vence a fines de este mes. Durante este tiempo ella consiguio otro trabajo y quiere renunciar al anterior. Mi duda es, si renuncia, ya no puede reclamar por todos los rubros, no? o sea, la multa por el trabajo mal registrado y demas ya no la puede pedir. En caso de que renuncie, que le corresponde??

Gracias por su tiempo!!
Si sigue trabajando que intime para que lo registren.
 #888669  por dragm
 
Si, eso lo pense. El tema es que capaz intima para que la registren y despues le dicen que vuelva a sus tareas... ella no quiere trabajar mas, ya tiene otro trabajo...
 #888816  por evaristolaguna
 
Si le dicen "que vuelva a sus tareas" están reconociendo la relación laboral, o sea que hay fraude laboral al hacerla facturar como locación de servicios.
La no registración es una injuria grave, y se da por despedida.
Si te contestan lo esgrimido, ya podés iniciar la demanda. Ahora sí, hacéte de una buena prueba testimonial.
Espero te sirva.
Atte.
 #888905  por eltam88
 
Vos intima que ante negativa de tareas aclaren situación laboral, asimismo que registren el vinculo(cumpli con el 11 ley 24013). Te van a contestar que no hay vinculo laboral. Ahí se considera injuriado y despedido por la culpa de la patronal e intimas a que abonen aquello que le corresponde.(art. 2 25323)

Luego de 30 días intimá por 2 dias te hagan entrega de los certificado del art. 80
 #888961  por GU
 
Adhiero, solo que no pondria lo de negativa de tareas, porque no aporta nada. Como le concedieron la licencia?

Salutes!
 #888998  por dragm
 
Es que no hay una negativa de tareas... ella se tomo licencia sin goce de sueldo, pero no se en base a que... la cosa es que ahora no quiere volver y quiere cobrarse por todos esos años que la tuvieron facturando sin reconocer la relacion. Tengo que adentrarme mas en el tema, pero queria un pantallazo para ver como empezar...

Gracias a todos!
 #889047  por sanjuanino
 
GU escribió:Adhiero, solo que no pondria lo de negativa de tareas, porque no aporta nada.
Salutes!
Adhiero
Que no vuelva mas, intime a la registración por el 8 de la 24013 y se vaya al otro laburo. Tenés un buen juicio en puerta
leete bien el 8 y el 11 de la 24013 y dale para adelante
 #889083  por eltam88
 
dragm escribió:Es que no hay una negativa de tareas... ella se tomo licencia sin goce de sueldo, pero no se en base a que... la cosa es que ahora no quiere volver y quiere cobrarse por todos esos años que la tuvieron facturando sin reconocer la relacion. Tengo que adentrarme mas en el tema, pero queria un pantallazo para ver como empezar...

Gracias a todos!
Cuando la relación esta en negro se puede mentir. Se usa la negativa (por ser un incumplimiento susceptible de configurar injuria) para no andar esperando los 30 días de la 24013 para que lo registren, por si guardan silencio y todo ese debate de la espera o no de los 30 días. Igual si invocas varios incumplimientos que sean susceptibles de configurar injuria no necesitas aunque ellos guarden silencio a la intimación esperar los 30 días.
Lo que te dicen los colegas gu y sanjuanino es correcto.
 #889326  por darhius
 
Si intimás y el empleador registra con la fecha de ingreso que denuncias, categoría, jornada, etc. y además él te intima a retomar tareas, estas complicado. No obstante eso es lo menos frecuente. Mientras no cumpla con la registracion en la debida forma tu clienta puede abstenerse de prestar servicios y, dependiendo de las respuestas en el intercambio epistolar, eventualmente se´podrá dar por despedida.
 #889351  por DraSolcito
 
En este caso, con la facturación. Tal vez incluso le hicieron firmar contratos de locación de servicios.
 #889352  por eltam88
 
ostunis escribió:no es verguenza asumir que no se pero ademas de con testigos como probas trabajo en negro?
Facturación. Pero, la testimonial es la prueba
 #889363  por luc929
 
dudo que la registren y se pongan al día con 8 años de aportes adeudados... intimá tal cual te dice Eltam, y no te olvides de enviar telegrama a la AFIP también. Suerte!
 #889571  por sanjuanino
 
ostunis escribió:no es verguenza asumir que no se pero ademas de con testigos como probas trabajo en negro?
Documental principalmente. pero todos los medios de prueba son válidos