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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #883980  por Martinfiberman
 
Colegas. la situacion es esta: trabajo en negro en agencia de seguridad, intimamos y la empresa no respondio. Pedi audiencia en el ministerio para hacer un intento, no comparecieron. Tengo que presentar la demanda y mi cliente no tiene testigos. Ni uno.Es poco tiempo de trabajo (1 año) y como es pcia, no quiero inventar nada raro... se entiende? Que opinan?
Gracias
 #883994  por agustina0
 
Dónde prestaba tareas? No hay NADIE al que pueda citar a declarar que lo veía trabajando como empleado de seguridad?
 #883995  por afterhour
 
Y que tenes que probar?
La relación estaba totalmente en negro??
Tu cliente le facturaba o algo así?
Tiene algún contrato firmado?
 #884023  por andresxeneizes
 
art 57 lct sino contestaron presuncion iuris tantum de que lo de los telegramas es cierto, en todo caso ofrece amigos del tipo intenta prepararlos y vayan a la vista de causa con la idea de arreglarlo
 #884053  por ods
 
andresxeneizes escribió:art 57 lct sino contestaron presuncion iuris tantum de que lo de los telegramas es cierto, en todo caso ofrece amigos del tipo intenta prepararlos y vayan a la vista de causa con la idea de arreglarlo
Coincido, que consiga amigos que lo hayan pasado a buscar a la puerta de la empresa. Despues en la vista de causa lo negocias
 #884324  por eltam88
 
Martinfiberman escribió:Colegas. la situacion es esta: trabajo en negro en agencia de seguridad, intimamos y la empresa no respondio. Pedi audiencia en el ministerio para hacer un intento, no comparecieron. Tengo que presentar la demanda y mi cliente no tiene testigos. Ni uno.Es poco tiempo de trabajo (1 año) y como es pcia, no quiero inventar nada raro... se entiende? Que opinan?
Gracias
Si o si tenes que llevar testigos, caso contrario te rechazarán la demanda, excepto que el demandado no conteste demanda. También es importante, por si no se presenta, ofrecer la confesional y hacer un pliego con posiciones contundentes que acrediten los extremos a probar.
 #884375  por gusgus
 
aprovecho lo insinuado por el querido eltam88, que siempre nos brinda sus opiniones de las cuales aprendemos un monton...

y pregunto....

y si es relacion laboral en negro, no se reclaman horas extra, la patronal no contesta demanda con su declaracion de rebeldia consiguiente....

veo que en CABA, por lo que comentan, pasa a sentencia directamente, no asi en Pcia Bs As.... pues alli igualmente debe probarse la relacion laboral, es decir, el silencio no es considerado como lo establece el riual aplicable....
en definitiva, la consulta es....

por que esa diferencia de criterios?????

pues las normas procesales son contestes en establcer la veracidad de los hehos expuestos en demanda ante la incontestacion de la misma...

yo creo que el tema pasa por el intercambio epistolar, pues si en el mismo la patronal nego relacion, debe probarla el demandado en juicio por mas que no se conteste demanda.... en cambio si no nego en intercambio y no contesto demanda, aunque sea pcia deberia ir por cuestion de puro derecho.....

coinciden en estas disquicisiones dominicales?????
 #884567  por alejandra01
 
lo que dice gus es verdad!. Yo tuve que pelearme casi con los jueces el año pasado en una vista de causa, demandado rebelde, no contestó nada pero recibió personalmente la citación de absolución y todo.
Me explicaron que en capital sí basta la rebeldía, pero en provincia no. Y yo les decía, por qué si no se presentó a absolver estando notificado, recibió varias cédulas en su casa y no quiso defenderse?. Tenía muerto el caso: los testigos uno había fallecido y el otro no pudo ir...Tenia unas fotos presentadas en el expediente pero la mala suerte que encima no había pedido reconocimiento, pero me salvaron porque le hicieron 2 preguntas más a mi cliente y nos largaron. La sentencia salió favorable...aunque con más suerte que derecho me parece....porque los mismos jueces no se ponían de acuerdo: una decía no rotundamente, otro que sí, y el otro medio medio..ja ja

Otra prueba posible en el caso de empleados que hacen vigilancia son por ejemplo llamadas telefónicas que haya podido realizar en el lugar, remises que pudieron llevarlo o buscarlo al trabajo, comercios donde compraba para tomar o comer, o desayunar...
siempre algo hay....
 #887823  por Martinfiberman
 
Gracias colegas! Mi duda era que pasaba si no ofrecia testimonial. La misma sugerencia le hice a mi cliente, pero me contesto energicamente que no TIENE TESTIGOS!!!, ni siquiera amigos. jaja.
 #887920  por andresxeneizes
 
y bueno entonces es un riesgo grande el llevar adelante el juicio, hacele saber eso y de poder arregla un minimo de honorarios sin importar resultado
 #887988  por eltam88
 
Fijate porque,vas a poder perder el juicio, quedaras mal y además no vas a cobrar nada.
 #888050  por agentil
 
Coincido el eltam. Decile a tu cliente que no se puede hacer el juicio. Tampoco recomeindo inventar testigos porque ahora son todos guapos para mentir y en el momento no va ninguno.

No malgastes tu tiempo y exfuerzo en vano.

saludos!!
 #888053  por GU
 
Martinfiberman escribió:Gracias colegas! Mi duda era que pasaba si no ofrecia testimonial. La misma sugerencia le hice a mi cliente, pero me contesto energicamente que no TIENE TESTIGOS!!!, ni siquiera amigos. jaja.
Los testigos nunca se verifican si son reales o no. El ofrecimiento, aunque sea de juan perez con un domicilio trucho, hacelo igual. La contraparte nunca sabe que va a declarar el testigo.

Salutes!