colegas,habiendo planteado en la demanda la inconstitucionalidad de los articulos de la ley,y sabiendo que las enfermedades de la columna no estan en el listado que enumera dicha ley,aunque es de publico conocimiento que ya hay jurisprudencia faborable a este tipo de reclamos contra las A.R.T,mi expectativa de una sentencia faborable a mi defendido es positiva, la suma dineraria calculada segun la formula indicada es conocida ya por mi defendido,lo que resta procesalmente es la declaracion testimonial con los testigos,pero desconosco el incremento porcentual o tasa que fijara el camarista para determinar el monto a pagar por la A.R.T .-saludos
No entendi cual era tu duda. sin embargo me permito decirte que el porcentaje de incap. lo determinara el perito designado de oficio. Lo cual tambien diferirá por asi decirlo del baremo que aplique.
Slds! y exitos..
Yo estoy con un tema similar aunque no de columna..y la prueba fundamental es la pericia medica, por lo menos en capi a la testimonial le dan importancia hasta ahí. Aprovecho y pregunto..alguien sabe hasta cuando se puede proponer consultor técnico de parte?..gracias!
