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  • La prueba en el laboral de capital.

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #886800  por ROBLEDO94
 
Holas colegas, estoy con una demanda laboral en capital y tengo una duda sobre la prueba. En el fuero de capital la prueba puedo ingresarla despues que conteste la demandada, no? Pero no estoy segura si toda la prueba, es decir instrumental, testimonial, oficios y demás. Si alguien me lo puede aclarar muy agradecida. Dra. María
 #886874  por gl2011
 
Así es.Interpones la demanda y gralmente lo que sí se acompaña es el intercambio epistolar. Lo que sí, siempre aclaras que sera sin perjuicio de ampliar la prueba. Si esta todo bien se corre traslado y desp que la contraria conteste y/o reconvenga se te corre traslado a vos y se intima que en plazo de 3 días ofrezcas todo la prueba de la cual intentas valerte. Es una opción que tenes. Es estratégico. Sin perjuicio de que podes ofrecerla desde el inicio.
slds!